Locura europea
Da la impresión de que la Unión Europea no conoce bien el mundo del deporte y las sentencias Diarra y Seraing son un ejemplo de ello.
No voy a hablar de ninguna competición de la UEFA, sino de, otra vez, y lamento hacerlo, de veras, de la Unión Europea y de sus luchas contra el derecho deportivo. Si no fuera poco lo ocurrido con el caso Diarra, o con el más reciente (y que dará mucho más que hablar) del club belga Seraing, ahora nos llega el asunto Juventus. Ya saben ustedes que, antes de que tome una decisión el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hay un hecho preliminar, que es el que un llamado Abogado General, dé su opinión sobre el juicio planteado previamente. Aquí se trata de las sanciones deportivas tomadas contra el presidente y el director general de la Juve, Agnelli y Arrivabene. Fueron sancionados con la prohibición de ejercer en clubes, por irregularidades. Llegado el caso al Tribunal de lo contencioso-administrativo en Roma, éste solicitó una pregunta prejudicial, para ver si estas sanciones eran contrarias al derecho comunitario. Pues bien, el Sr. Dean Spielmann, ese Abogado General, ha dado otro patadón al edificio deportivo.
En este caso, en el disciplinario, porque entiende que, a la luz del derecho de la Unión, y sobre todo de la carta de los derechos fundamentales de la misma, debe interpretarse en el sentido de que los tribunales internos (ordinarios se entienden) puedan revisar las sanciones impuestas y que pueden incluso anularlas, e incluso, cuando sea apropiado, dar medidas cautelares. Además, el que las sanciones sean de 24 meses de prohibición de ejercer ocupaciones en el mundo del fútbol (en este caso) debe justificarse respecto del interés público, y deben ser basadas en criterios de transparencia, objetivos, no discriminatorios y proporcionados. Esta muy reciente opinión ha sido casi un fantasma y ha pasado de largo, pero si leemos en profundidad, viene a decir que ojo con cómo sancionemos en el deporte y que estas decisiones pueden ser anuladas si no llevan los criterios que he mencionado. Comprendo que estén ustedes hechos un lío, porque yo también. Se entiende que el derecho deportivo disciplinario ya se regula con estas normas, así que ¿por qué ahora se viene con esto?
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Da la impresión de que la Unión Europea no conoce bien el mundo del deporte y las sentencias Diarra y Seraing son un ejemplo de ello. No digo que las federaciones sean un nido de bienestar legal, pero todo lo que está ocurriendo en la UE demuestra que hay que sentarse a hablar, porque el próximo paso puede ser que no sea justo que unos jugadores sean mejores que otros y que eso merece una protección judicial efectiva de los peores... Bromeo, por favor, pero me asusta y veremos lo que decide el Tribunal de Justicia finalmente. Mientras, recomiendo Joszef el Húngaro, de Luis Enríquez. Disfruten y cuídense.
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