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Cuándo prescribe una deuda en España según su tipo y a quién se debe el dinero

Todas las deudas pueden prescribir si se reúnen los supuestos necesarios, aunque es mejor pagar a tiempo para evitar problemas legales.

JUAN EDUARDO LOPEZ/ATON CHILE

Las deudas son una acción bastante común, pero lo que no todas las personas saben es que las deudas prescriben. Es decir, al pasar un tiempo determinado, las deudas se extinguen o se cancelan. Por eso es conveniente hacerlo de conocimiento público, para que se conozca a la perfección cuándo prescriben las deudas en España.

Según los datos del Banco de España, la morosidad de los hogares se cifra en un 5,64% en España. Una de las principales consecuencias de tener deudas es entrar en la lista de morosos, por lo que basta con tener un impago de 50 euros.

Las formas más comunes por las que extinguir una deuda

Todas las deudas pueden prescribir si se reúnen los supuestos necesarios. Sin embargo, es mejor pagar a tiempo para evitar una gran cantidad de problemas legales. Las formas más comunes por las que extinguir una deuda son:

  • La forma más común y conocida de terminar con una deuda es pagando la cantidad acordada.
  • Pero también puede eliminarse la deuda mediante la prescripción de la deuda. Esta acción se aplica al transcurrir un tiempo determinado, donde la deuda es cancelada sin que el deudor haya pagado.
  • De esta forma, también puede llevarse a cabo la extinción de la deuda por insolvencia del deudor. Esto se consigue a través del procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015) en el caso de las personas físicas (particulares y autónomos).
  • Con respecto a los compromisos económicos con organismos legales, como la Agencia Tributaria, a menudo se efectúa la compensación, esto es, que la cantidad monetaria que se debe se compensa con la suma que recibiría por devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • En último lugar, la manera menos frecuente de extinción ocurre cuando el acreedor sencillamente perdona la deuda.

Para que una deuda prescriba deben reunirse los siguientes supuestos: que el deudor no reconozca ni acepte que tiene una deuda pendiente y que el acreedor no haya reclamado la deuda de forma judicial o extrajudicial.

De este modo, resulta complicado librarte de las obligaciones fiscales, ya que el acreedor difícilmente se olvidará de reclamar lo que es suyo. Hasta que se hiciera efectiva la prescripción de la deuda, la persona en cuestión se encontraría en una lista de morosos. Todo ello podría afectar a tu reputación y dificultaría a la persona el acceso a financiación o contratar servicios durante años.

Plazo de prescripción según el tipo de deuda

Dependiendo del tipo de deuda, el Código Civil fija un plazo no mayor a cinco años para la extinción de la misma. Cabe destacar que esta medida sólo aplica para aquellas deudas que no establecen de manera explícita un plazo definido. No obstante, existen periodos concretos para cada tipo de deudas:

  • Las deudas con Hacienda y la Seguridad Social prescriben a los cuatro años. No obstante, estos organismos del Estado no se olvidarán de reclamar el pago y pueden, incluso, cargar la cantidad directamente a tu cuenta corriente.
  • La deuda hipotecaria se cancela al cabo de 20 años tras su fecha de vencimiento. Sin embargo, esto no suele ocurrir porque en estas circunstancias el banco embarga la vivienda.
  • Las deudas de alquiles y pago de suministros caducan a los cinco años.
  • Las multas de tráfico debidamente notificadas por la DGT e impagadas prescriben a los cuatro años.
  • Los impagos de impuestos municipales se cancelan tras cuatro años.

Por otra parte, para todas aquellas cargas nacidas entre el año 2000 y el 2005, el plazo establecido es de 15 años. En general, todo lo relacionado con el alquiler de viviendas, pensión y pago de servicios como luz y agua también tiene su período. Está establecido en 5 años como límite antes de extinguirse.

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