HERENCIAS

¿Quién paga los gastos de notaría en una herencia y cómo se reparten entre los herederos?

Si hay coherederos, cada uno asume individualmente el coste de la parte de la herencia que recibe. Si el heredero es universal, asume todos los gastos.

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A la hora de heredar, toda persona debe hacer frente a gastos e impuestos. Entre ellos, se encuentran el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, gastos fiscales, el Registro de la Propiedad y la plusvalía, que es el impuesto que deben abonar las personas que heredan algún bien inmueble situado en suelo urbano.

Junto a cada uno de ellos, se incluyen también los gastos de notaría, donde se realiza la escritura de adjudicación de la herencia. En caso de que haya un heredero universal y es el único que hereda todo el patrimonio, ésta persona asume todos los gastos. Sin embargo, la situación es diferente en caso de que haya coherederos. En este caso, es imprescindible calcular el valor de la herencia antes y después de pagar impuestos para saber qué parte le toca asumir a cada heredero, en lo referente a gastos e ingreso por patrimonio heredado.

¿Quién asume los gastos de notaría en una herencia?

De este modo, cada heredero asume individualmente el coste de la parte de la herencia que recibe. En caso de una herencia conjunta, al no existir una normativa clara sobre cómo se debe proceder al reparto, cada heredero asume el coste que más convenga a todos ellos. Además, cada una de las personas beneficiarias de la herencia, independientemente de si es heredero o legatario, deben pagar todos los gastos en el plazo establecido.

“Es importante que estos impuestos sean liquidados a tiempo y no tener problemas con la administración que compliquen el poder recibir la herencia “, explica en su página web ‘Grupo Hereda’, especialista en herencias. Si la herencia se repartiese a partes iguales, los herederos pagarían los impuestos y harían frente a los gastos a partes iguales, mientras que si son diferentes, cada heredero paga lo que le corresponde.

En el caso del Impuesto de Sucesiones, por ejemplo, entran dos criterios. El primero, el criterio del grado de parentesco. Este grado varía según el grado de consanguineidad del heredero con el causante (fallecido), es decir, cuanto mayor sea la distancia de parentesco, el porcentaje a pagar por la herencia es mayor. Por otra parte, cada comunidad autónoma regula por ley el porcentaje a pagar.

Herencias en la Declaración de la Renta

En el caso de que recibamos un bien a través de una herencia y genere ingresos o beneficios, sí tenemos que declarar estas ganancias en el IRPF. El ejemplo más sencillo es el de la venta o alquiler de una vivienda heredada, algo que también afectaría a las ganancias por acciones o depósitos.

Los herederos están en la obligación de presentar la Declaración de su familiar fallecido y también de asumir sus deudas con la Agencia Tributaria. En este caso, se presenta si su familiar recibió más de 22.000 euros de un solo pagador o 14.000 euros por parte de dos pagadores (siempre que del segundo se recibiesen más de 1.500 euros). Este límite para dos pagadores cambió a partir del 1 de enero de 2023 y en la declaración del próximo año será de 15.000 euros.

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