SOCIEDAD

¿Se puede prohibir el acceso a la piscina comunitaria a un vecino moroso? Esto dice la Ley de Propiedad Horizontal

Las comunidades de vecinos pueden vetar la entrada de los morosos a zonas comunes que se consideren no indispensables, como la piscina o instalaciones deportivas.

Pixabay

Las comunidades de vecinos en verano pueden ser algo maravilloso: puedes hacer nuevos amigos, conocer gente nueva con la que hacer planes veraniegos, tus hijos pueden coincidir con los hijos de otras familias y, en definitiva, exprimir al máximo la época estival rodeado de buena gente. Sin embargo, en otras ocasiones puede ser todo lo contrario si no hay un buen entendimiento entre los vecinos.

Con la llegada del verano, las piscinas comunitarias se llenan. Todas las familias aprovechan la piscina ‘privada’ de la urbanización para refrescarse en estos días tan calurosos. Pero como con todo edificio de vecinos, hay que pagar gastos de comunidad. ¿Se le puede prohibir a un moroso ir a la piscina?

De acuerdo con la Ley 10/2022, de 14 de junio, “se dota a las comunidades de propietarios de capacidad sancionadora, legitimándolas para que puedan sancionar al moroso privándole del uso de instalaciones y/o elementos comunes”. Es decir, que si la comunidad lo acuerda, se puede prohibir a un moroso acceder a zonas como piscinas, pistas deportivas, parques, etc.

La ley afecta a toda la unidad familiar, por lo que no podrían hacer uso de la piscina ni el propietario de la vivienda ni su cónyuge ni sus hijos. En todo caso, la ley establece que las sanciones no pueden ser “abusivas” o “desproporcionadas”. Por ejemplo, Según explicó a Cinco Días Alejandro Fuentes-Lojo, abogado experto en derecho inmobiliario, se puede prohibir la entrada a la piscina pero no al ascensor del edificio.

“Intereses superiores” para los morosos

Además, según la ley, la comunidad de vecinos puede establecer otras sanciones como “intereses superiores al interés legal”. Ni la aplicación de estos intereses ni la privación de zonas comunes no indispensables podrán tener carácter retroactivo, de acuerdo con la ley mencionada.

“Estas medidas no podrán tener en ningún caso carácter retroactivo y podrán incluirse en los estatutos de la comunidad. En todo caso, los créditos a favor de la comunidad devengarán intereses desde el momento en que deba efectuarse el pago correspondiente y éste no se haga efectivo”, se explica en el artículo 21.

¿Y esto afecta también a la familia?

Según explica la web especializada en comunidades de vecinos, Communitas, esta normativa se extiende a toda la unidad familiar. Es decir, tampoco podrían usar la piscina los familiares del vecino moroso. Lo mismo aplicaría para un inquilino cuyo arrendador ha dejado de pagar la cuota de la comunidad.

Lo más visto

Más noticias