SOCIEDAD

Los únicos vehículos que la Guardia Civil y la Policía no pueden registrar en un control

Las caravanas y furgonetas camperizadas están exentas de estas inspecciones por los agentes si son utilizadas como ‘viviendas’.

Paul Alan PutnamRevista DGT

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado el aumento de los controles en carretera, tanto de alcohol y drogas como de velocidad. El objetivo principal de esta medida es intentar reducir el número de accidentes y fallecidos en las carreteras del país. Entre las medidas más destacables se encuentra el incremento de agentes de Policía y de Guardia Civil que llevarán a cabo inspecciones en los vehículos.

El acceso a los vehículos sin autorización judicial

Normalmente, este tipo de registros solo se llevan a cabo cuando, en un control, el conductor o sus acompañantes han dado positivo en drogas. En estos casos, según la Ley Orgánica 4/ 2015, de 30 de marzo, cualquier agente puede acceder al interior de un vehículo sin una autorización judicial expresa:

“Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes y vehículos que sean necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, explosivos, sustancias peligrosas u otros objetos, instrumentos o medios que generen un riesgo potencialmente grave para las personas, susceptibles de ser utilizados para la comisión de un delito o alterar la seguridad ciudadana, cuando tengan indicios de su eventual presencia en dichos lugares, procediendo, en su caso, a su intervención. A tal fin, los ciudadanos tienen el deber de colaborar y no obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones”.

La excepción a esta norma

Sin embargo, existen algunas excepciones según las cuales no podrán llevar a cabo dicha inspección, a no ser que exista esa orden judicial. Este es el caso de las caravanas, autocaravanas, vehículos camperizados y roulottes, cuyo motivo principal es que este tipo de vehículos son utilizados como ‘viviendas’, espacios donde está prohibida la entrada si no existe un permiso expreso o la aprobación del dueño.

No obstante, tal y como ampara la ley, el acceso a estos puede llevarse a cabo si existe una sospecha clara de que se está cometiendo un delito, donde los cuerpos de seguridad podrían entrar y retener a sus ocupantes. En cualquier caso, lo más recomendable es seguir la normativa y recomendaciones de la DGT, las cuales están destinadas a la protección y seguridad de todos los usuarios de la vía.

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