HACIENDA

Si haces alguna de estas transferencias, Hacienda te puede multar con hasta 150.000 euros

A partir de los 3.000 euros se deben justificar los movimientos para evitar sanciones. En el caso del dinero en efectivo el límite está en los 1.000 euros.

Mikhail Nilov/ Pexels

La Agencia Tributaria continúa con la campaña de la Declaración de la Renta, cuyo plazo de presentación acaba el próximo 1 de julio, sin embargo su trabajo no finalizará ahí, si no que continuará, como es habitual, con el resto de sus obligaciones, como pueden ser controlar los movimientos de dinero que realizan los españoles o supervisar las tarjetas de crédito, cuentas de ahorro y otros, con el objetivo de que no se cometa ningún tipo de fraude.

De hecho, Hacienda podrá imponer sanciones de hasta 150.000 euros en aquellos supuestos en los que se detecten movimientos sospechosos y no se sepa justificar o dar explicación a estas operaciones. A pesar de que los datos se encuentran protegidos por ley y son personales, los propios bancos están obligados por ley a informar sobre el flujo de grandes cantidades de dinero de sus clientes, de acuerdo con el artículo 93 de la Ley General Tributaria.

De este modo, los contribuyentes deberán ser cautelosos y estar atentos cuando realicen movimientos por encima de los límites fijados por Hacienda, ya que en caso de que el Fisco lo requiera se deberán explicar y justificar correctamente.

Algunos de los movimientos que se encuentran en el punto de mira de la Agencia Tributaria son aquellos que superen los 3.000 euros sin justificación. El objetivo es prevenir delitos tal y como el blanqueo de capitales. De hecho, según afirma La Razón, en caso de no reflejar correctamente el origen del dinero en ventanilla en el banco, se podrá recibir una sanción de hasta 2.500 euros. Además, en el caso de realizar una transferencia de más de 10.000 euros sin comunicarlo, la sanción podrá ir desde los 60.000 euros hasta los 150.000 euros.

El dinero en efectivo

Respecto al dinero en efectivo también existe un límite, situado en los 1.000 euros. En caso de superar esta cantidad la sanción mínima será del 25% del valor del pago (solo para quienes se encuentren entre los 1.000 y 10.000 euros). En el caso de querer hacer un ingreso más alto al límite fijado será obligatorio efectuarlo a través de transferencia bancaria.

Cabe destacar que la cuantía esta sanción podría reducirse hasta un 50% en algunos ejemplos. Además, aquellos que realicen la denuncia correspondiente a Hacienda antes de los tres meses siguientes a la fecha del pago, e identifiquen a la otra parte, no serán considerados responsables de la infracción.

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