CASO SUPERLIGA

¡Caso Superliga: la jueza dicta sentencia contra FIFA y UEFA!

La resolución del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid da la razón a la competición impulsada por Madrid y Barça y acusa a los organismos internacionales de abuso de posición dominante y de ir contra la libre competencia en el mercado.

JAVIER GANDULDiarioAS

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid dio la razón a la Superliga en el litigio que mantiene contra UEFA y FIFA, a las que acusa de abuso de posición dominante y de impedir la libre competencia en el mercado. La magistrada titular del Juzgado, Sofía Gil García, estimó parcialmente la demanda presentada por la European Super League Company S. L. (ESLC) contra la UEFA y la FIFA “al considerar que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)”.

En el fallo se ordena también a la FIFA y a la UEFA a que “cesen en las conductas anticompetitivas sancionadas y se les prohíba su reiteración futura, además de condenarles a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas que se hayan producido antes o durante la duración de este procedimiento, que comenzó el 18 de abril de 2021 cuando ESLC anunció la puesta en marcha de un proyecto de nueva competición de fútbol profesional, llamado Superliga, y ejercitó acciones en materia de defensa de la competencia ante la respuesta de las citadas instituciones”.

Misma línea que la del TJUE

La sentencia está en sintonía con la del Tribunal de Justicia de la Unión Europa del pasado mes de diciembre y que se dirigió a este mismo juzgado elevando una cuestión prejudicial previa a la celebración de la vista. La juzgadora declara “que los artículos 22, 70, 71, 72 y 73 de los Estatutos FIFA, el artículo 6 del Reglamento FIFA Partidos Internacionales y los artículos 49 y 51 de los Estatutos UEFA son incompatible con los artículos 101 y 102 del TFUE sobre el marco legal y jurisprudencial del mercado de la competencia en la Unión Europea”.

El contenido de sentencia también considera que las declaraciones emitidas por FIFA, UEFA y otras entidades (incluyendo las federaciones y ligas de Inglaterra, Italia y España, algunos de cuyos clubes formaban parte del proyecto) infringen también los artículos 101 y 102 del TFUE. La resolución no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano competente en asuntos de naturaleza mercantil.

Tebas: “No se valida la Superliga”

Las reacciones a la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid no se hicieron esperar. El presidente de LaLiga, Javier Tebas, lanzó un tuit argumentando por qué judicialmente no se valida el nuevo proyecto: “Sobre la estimación parcial de la demanda de European Superleague, es importante aclarar que (en la misma línea que el TJUE) la Juez exige a FIFA y UEFA una reglamentación sobre nuevas competiciones transparente y garantista, pero no valida la Superliga. Es más, se considera un proyecto abandonado en sus términos iniciales. Ni la sentencia es firme ni aporta nada nuevo significativo”.

La UEFA, también reacia

La UEFA tomó nota de la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid y emitió una nota en la que, al igual que Tebas, recuerda que no se valida la Superliga en ningún sitio: “La UEFA se complace en observar que la jueza ha confirmado la validez de la existencia de un sistema de autorización previa para que las competiciones de terceros sean aprobadas conforme a las normas de autorización de la UEFA y ha reconocido los indudables beneficios de dichas normas para el sistema deportivo del fútbol. El juzgado también ha confirmado que la versión actual de las normas de autorización de la UEFA (aprobadas en junio de 2022) no se ve afectada por la sentencia de hoy”

Y completa su argumento: “Además, el juzgado no ha dado luz verde ni ha aprobado proyectos como la Superliga. De hecho, la jueza ha afirmado que el proyecto de la Superliga está abandonado desde hace tiempo y que no cabe esperar que se pronuncie sobre ningún proyecto abstracto. En resumen, la sentencia no otorga a terceros el derecho a desarrollar competiciones sin autorización y no se refiere a ningún proyecto futuro ni a ninguna versión modificada de un proyecto existente. En cualquier caso, la UEFA se tomará su tiempo para estudiar la sentencia antes de decidir si es necesario adoptar nuevas medidas.”.

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