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El juez archiva la querella de Rubiales contra el TAD

El actual presidente de la Federación la interpuso por presunto delito de prevaricación. El auto, al que ha tenido acceso IUSPORT, ha decretado el sobreseimiento provisional.

CARRUSANDIARIO AS

El titular del Juzgado de instrucción número 10 de Madrid ha decidido archivar la querella que Luis Rubiales impuso sobre el Tribunal de Administración del Deporte (TAD), por presunto delito de prevaricación. Según informa IUSPORT, que ha tenido acceso al auto, el juez también deniega al presidente de la Real Federación Española de Fútbol la práctica de las diligencias adicionales que tenía previstas.

"Se decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones. No procede la práctica de las diligencias solicitadas por la representación de Luis Manuel Rubiales Bejar", se expone en el auto que ha dado por finalizado el procedimiento judicial que mantenían desde hace más de un año Rubiales y el TAD.

La querella impuesta por Luis Rubiales cuestionaba dos resoluciones del Tribunal de Administración del Deporte. Una de ellas se basaba en un recurso extraordinario de revisión interpuesto por el Presidente del CSD en el que solicitaba la revisión de una resolución del TAD en relación a los recursos interpuestos frente a las elecciones a la Asamblea de la Federación y la otra, por inadmitirse dicho recurso por falta de legitimación del CSD en el asunto en cuestión.

IUSPORT también ha tenido acceso al escrito de la Fiscalía, que acusa a la querella de basarse en "meras conjeturas" y "sospechas" que no han quedado acreditadas. "Lo que sí se ha acreditdo es la impecable actuación jurídica de los miembros del TAD a la hora de dictar las resoluciones cuestionadas", presenta la Fiscalía.

El segundo expediente vino a consecuencia del recurso que interpuso Luis Rubiales por la fecha de celebración de elecciones a la presidente de la RFEF. El mandatario argumentó que la programación impedía votar a algunos jugador al ser al mismo tiempo que un partido de competición oficial. La respuesta de la Fiscalía es clara: "No existe la comisión del delito aludido al tratarse de resoluciones dictadas por un órgano competente".

Además, añade que la vía que debería haber tomado Luis Rubiales para expresar su disconformidad con la resolución del TAD era la contencioso administrativa y no el Derecho Penal. IUSPORT recoge en su página web la resolución del informe y del auto judicial, que se pueden consultar aquí.

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