ALIMENTACIÓN

El motivo por el que la Unión Europea quiere prohibir la venta de patatas fritas con sabor a jamón

Un estudio elaborado por la EFSA refleja que el consumo de una serie de aditivos usados para la elaboración de este snack elevan el riesgo de sufrir ciertas enfermedades graves, entre las que se encuentra el cáncer.

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“¿A que no puedes comer solo una?”, era la pregunta retórica que formulaba un antiguo anuncio televisivo de los años 90. Hacía referencia, claro está, a las patatas fritas. Y que son uno de los snacks preferidos de los españoles, a pesar de que su consumo habitual no sea lo más recomendable para la salud.

¿El motivo? Está claro: contienen una gran cantidad de grasas saturadas, sal y otros ingredientes a medio y largo plazo. Ahora bien, este no es el motivo por el que la Unión Europea (UE) ha decidido prohibir la venta de aquellas con sabor a jamón en un futuro próximo.

Aspectos destacados

La clave de todo radica en un estudio elaborado por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés). En este se indica que el consumo de una serie de aditivos usados para la elaboración de las patatas fritas con sabor a jamón elevan el riesgo de sufrir ciertas enfermedades graves, entre las que se encuentra el cáncer.

Todos estos aditivos, conviene señalar, son generados mediante la pirólisis de la madera y podrían dañar gravemente el material genético de las personas. Ante esta situación, la Comisión Europea, junto con los representantes de los Estados miembros, ha decidido no renovar la autorización de estos aditivos.

¿A qué más productos afecta?

La prohibición no solo afecta a las patatas fritas con sabor a jamón, sino también a una variedad de productos alimenticios que utilizan estos aditivos para imitar el sabor ahumado. Entre ellos, cabe destacar snacks salados, salsas, sopas listas para consumir y determinados productos cárnicos, como salchichas y tocino.

Más concretamente, los aditivos que serán prohibidos por la UE y se encuentran en este tipo de aperitivos son:

  • ProFragus SmokeR714 (SF-001).
  • Zesti Smoke Code 10 (SF-002).
  • Concentrado de humo (SF-003).
  • Scansmoke SEF525 (SF-004).
  • SmoKEz C-10 (SF-005).
  • SmokEz Enviro-23 (SF-006).
  • ProFagus SmokeR709 (SF-008).
  • Fumokomp (SF-009).

Un avance significativo

Aunque data del mes de noviembre de 2023, el informe ha dado lugar a una norma que entrará en vigor a partir de la primavera de 2025. Eso sí, los fabricantes contarán con cinco años de plazo para sustituir estos aditivos por otros que sean seguros para el consumo.

Por ello, en la primavera de 2030 no será posible comprar estos snacks en nuestro supermercado de confianza. Casi con total seguridad, los fabricantes tomarán medidas mucho antes, sustituyendo dichos aditivos de ahumado artificial por otros mucho antes de que acabe el plazo. Y la pregunta del millón: ¿Sabrán igual? Está por ver.

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