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Renta 2021-22 a ingresar: cuáles son los plazos y cómo consultar el estado de la devolución

Hacienda tiene un plazo de seis meses para pagar la cantidad consignada a los contribuyentes, a contar desde el último día para presentar la declaración.

Agencia Tributaria

La campaña de la declaración de la renta llega a su fin. Este miércoles 29 de junio es el último día en el que se podrá solicitar cita previa para presentar declaraciones por teléfono o de forma presencial en alguna oficina de la Agencia Tributaria. Un día después, el 30 de junio, termina el plazo para entregar la declaración de la renta del ejercicio 2021-2022.

Después de realizar la declaración, hay que fijarse en el resultado, que puede ser positivo (+) o negativo (-) y será el producto de la siguiente operación: casillas ([550] - [551] + [552] - [562] + [563] - [575] + [576] - [589] + [590] - [591] + [592]). Lo más esperado por los contribuyentes es que sea negativo, ya que en este caso Hacienda tiene que ingresar la cantidad que resulte a favor del declarante.

Plazo de seis meses

Hacienda cuenta con un plazo de seis meses para pagar la cantidad consignada a los contribuyentes, a contar desde el día que termina el plazo para presentar la declaración. Ese periodo de seis meses también se aplica si la declaración se presenta fuera de plazo, es decir, si se hace el 15 de julio, la Agencia Tributaria tendrá de margen para pagar hasta el 15 de enero. Además, el ingreso se puede demorar en función de la cuantía. La entidad tiende a ingresar lo que le corresponde poco después de presentar la declaración, aunque los plazos pueden alargarse bastante si la cantidad es superior a 3.000 euros.

En cualquier caso, el dinero suele llegar siempre antes de se cumpla la fecha límite. Si esto no ocurre, la administración está obligada a incluir unos intereses de demora, una compensación al contribuyente de un 3,75%. Pero este recargo solo se aplica si el retraso es imputable a la Agencia Tributaria, no si se debe a que la declaración no se haya cumplimentado correctamente, no contenga la documentación exigida o carezca de los datos correctos para el pago. Si la entidad solicita más información o considera que la declaración no se cumplimentado correctamente, ese plazo de seis meses no computa.

Cómo saber cuándo se va a recibir el dinero

Una vez presentada la declaración, podemos consultar el estado en el que se encuentra el trámite para comprobar que el dinero llega cuando Hacienda lo dice. Para ello, debemos buscar la campaña “Renta 2020. Avanzando contigo” y entrar en nuestro expediente a través de la opción “Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)”. Eso sí, el acceso a esta sección requiere identificarse con certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN. Una vez dentro, podremos ver en cuál de los siguientes estados se encuentra nuestra declaración:

- “Su declaración se está tramitando”. Es el primer estado que aparece cuando se presenta la declaración. Significa que la documentación ya ha sido enviada, pero Hacienda todavía no la ha revisado.

- “Su declaración está siendo comprobada”. En esta fase, los técnicos de Hacienda se encuentran realizando las comprobaciones pertinentes para ver si hay algún dato nuevo.

- “La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe”. Si aparece este mensaje es posible que exista algún problema con el envío de la declaración. En este caso, la opción es hablar con nuestro gestor o los técnicos de Hacienda para solucionarlo.

- “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted”. En este paso, la Agencia Tributaria ya ha comprobado que todo es correcto y, probablemente, emita pronto la orden de pago.

- “Su devolución ha sido emitida el dia X de X de 201XX; si en 10 dí­as no ha recibido el importe, acuda a la delegación/administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal”. Esta última indicación señala que el pago ya ha sido emitido y debería llegar pronto a nuestra cuenta. Si pasados los días no llega, deberemos hablar con el banco para que nos informen de qué ha podido ocurrir.

Si se trata de una devolución y sigue pendiente, la Agencia Tributaria recomienda al contribuyente que compruebe si se encuentra o no dentro del sistema ‘VERIFICA (autocorreción de declaraciones)’, que permite conocer “la existencia de incidencias en su declaración y de una posible minoración de su devolución”, con lo que se da la opción de interrumpir el proceso si se prefiere optar por el sistema de comprobación tradicional. Para acceder, debe contar también con certificado, DNI electrónico o Cl@ve PIN y, en el caso de que la declaración la presente “un tercero, un representante o un colaborador social”, este debe disponer de “dos apoderamientos por parte del contribuyente: uno para poder recibir notificaciones y otro general para realizar los trámites de renta pertinentes de la autoliquidación del IRPF”.

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