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¿Puedo invitar a amigos y familiares a la piscina comunitaria durante el verano?

La persona en cuestión podrá invitar a la piscina a quién desee en caso de que no se recoja nada en los estatutos, teniendo que hacer un uso responsable de las instalaciones.

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El próximo martes 21 de junio llega el verano. Con la llegada de esta calurosa estación en España, las piscinas pueden ser una de las soluciones más factibles para intentar estar frescos y combatir el calor de la mejor forma posible. Y es que no todas las personas pueden tener una piscina en casa, por lo que recibir invitaciones para una piscina comunitaria es una gran alternativa.

En el periodo veraniego, existen muchas urbanizaciones y bloques de pisos que cuentan con piscinas comunitarias. Sin embargo, el problema llega cuando las personas quieren invitar a sus amigos o familiares a pasar el día en la piscina, debido a que pueden existir impedimentos para llevar invitados. Esto puede ser por problemas de aforo o porque solo podemos llevar un número determinado de personas, de hecho, en algunas comunidades está prohibido llevar invitados.

Normas de los estatutos de la comunidad

En caso de haber una prohibición o del no acceso, la persona en cuestión debe estar informada en las normas que marcan los estatutos de la comunidad. De hecho, si refleja la prohibición de que personas ajenas a la comunidad puedan hacer uso de la piscina, no habrá más remedio que respetar las normas y cumplirlas, a menos que el presidente, vicepresidente o administrador de la finca de la comunidad haga una excepción.

Por otro lado, si en los estatutos no se refleja una prohibición de este tipo, el propietario podrá invitar a familiares y amigos para disfrutar de la piscina, siempre y cuando se haga un uso respetuoso y respetable de la piscina. De la misma manera, puede ocurrir que el número de personas que estén en el recinto de la piscina sea numeroso y evite que los vecinos puedan disfrutar del entorno y la piscina.

En este caso, lo más normal es que cada propietario tenga un número determinado de invitaciones para evitar las aglomeraciones y poder controlar el aforo de la piscina. Es una forma efectiva para evitar el acceso a desconocidos o a un número excesivo de invitados.

Recomendaciones y alternativas

Por ello, se debe aprobar un reglamento interno en el que se especifiquen las normas que señalan la comunidad. Se puede hacer referencia al número de invitados, el uso de colchonetas o hinchables, el baño con gorro o sin gorro o la vestimenta, entre otras cosas. Además, se tiene que realizar un mantenimiento y adecuación de las instalaciones antes de la apertura, no solo en la piscina, sino también en las duchas, pavimentos o escalones. Del mismo modo, es conveniente contratar un seguro de responsabilidad civil, aunque la Ley de Propiedad Horizontal no obliga a ello.

Todo esto puede resultar un problema para las personas que viven en la comunidad de vecinos. Por tanto, una alternativa viable serían las piscinas gestionadas por el Ayuntamiento de la ciudad, las cuales abrieron sus puertas el pasado 14 de mayo, hasta el 11 de septiembre, según el portal Vida de Madrid. Así, las piscinas de la ciudad están abiertas en dos turnos, de 10:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 21:00 horas.

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