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La razón por la que Hacienda te puede embargar la pensión

Dependiendo de las deudas que contraigas, el Estado puede quedarse con parte de la pensión según el artículo 44 de la Ley General de la Seguridad Social.

Cuando cobras una prestación económica por parte del Estado tienes grandes beneficios, pero también algunas obligaciones. Y una de ellas es que sí te pueden embargar la pensión.

Según el artículo 44 de la Ley General de la Seguridad Social, que se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se detalla: “Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional”.

Cuándo no pueden quitarte la pensión

No es posible embargar una pensión que esté por debajo de los 1.000 euros repartidos en catorce pagas, que es el importe fijado para el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) desde 2022.

Aunque hay una excepceción, cuando las personas que han percibido una prestación económica procedente del sistema público de pensiones de forma ilegal o improcedente.

Hay algunas excepciones al embargo de la pensión, cuando se habla de pensión alimenticia a cónyuge o hijos en divorcios y separaciones. Así que aquellos pensionistas que dispongan de deudas con acreedores podrán ver reducida una parte de su pensión hasta que se salden dichas deudas.

Cuánto te pueden embargar

Como máximo, te pueden embargar el 30% del importe de la pensión. Entre el 21% y el 30% de la prestación, cuando la cuota sea igual o superior a la mitad de la pensión máxima establecida en ese momento.

O entre el 15% al 20% de la prestación, cuando el importe no alcance la cantidad anterior, y ésta sea igual o superior a la pensión mínima de jubilación para mayores de 65 años con cónyuge a cargo.

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