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Planes de pensiones en la Renta 2023-24: ¿me puedo desgravar y en qué casillas se deducen?

Te contamos todas las claves sobre las deducciones de los planes de pensiones en la Renta y cuándo te puedes desgravar en la declaración

Eduardo Parra - Europa Press - ArchivoEUROPA PRESS

Una de las inversiones en las que debe pensar un trabajador cuando se afianza en su trabajo es en un plan de pensiones. Este es un producto tanto de ahorro como de inversión a largo plazo y está orientado a encarar en una buena posición la jubilación. En él deben realizarse aportaciones monetarias que pueden ser periódicas (una vez al mes, por ejemplo) o puntuales, en función de los criterios que se establezcan en el plan.

¿Cuánto tributa un plan de pensiones en la Renta?

La normativa aprobada para el ejercicio fiscal de 2022 establece que el contribuyente puede aportar y desgravarse un un máximo de 1.500 euros en los planes de pensiones individuales o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, eligiendo el importe menor de ambas.

Por su parte, los planes de empresa se sitúan en los 8.500 euros para sumar, en todo caso, un máximo de 10.000 euros. En este último caso, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador que fueran iguales o inferiores a las del empleador.

¿En qué casilla se ponen los planes de pensiones en la Renta?

Los datos relativos a los planes de pensiones se ponen en las casillas que van de la 462 a 476 de la Declaración de la Renta 2023, como informa Bankinter en su página web. El límite financiero general de aportaciones individuales a un plan de pensiones es de 1.500 euros al año. Según explica BBVA, hay dos supuestos en los que se contempla la posibilidad de realizar aportaciones que superen el máximo establecido:

  • Personas cuyo cónyuge perciba ingresos inferiores a 8.000 € anuales o no genere ingresos: con una contribución máxima de 1.000 euros anuales al plan de pensiones de su pareja.
  • Personas discapacitadas: la aportación máxima, al año, se sitúa en 24.250 €, mientras que las aportaciones realizadas a su favor por terceros pueden ser de hasta 10.000 € anuales, sin superar el límite antes establecido.

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