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Cambio en la ley: estos animales no los podrás tener en casa

La Ley de Bienestar Animal que tramita el Ministerio presidido por Ione Belarra prohibirá tener en casa hasta 15 especies procedentes de otros países.

La tenencia de animales en España lleva regulada desde hace muchos años. Precisamente mediante la última ley publicada sobre esta materia, el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (EEI) que prohíbe tener en el domicilio diferentes especies para prevenir la pérdida de biodiversidad en nuestro país.

Un catálogo que prohíbe expresamente tener en casa animales como mapaches, cotorras argentinas, agapornis, cerdos vietnamitas, tortuga peninsular, erizos o coatíes, entre otros. Este fue creado a raíz de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, define una EEI como “aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética”.

Se trata de una ley que se encuentra en constante actualización. El artículo 5 del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, determina el procedimiento de inclusión o exclusión de especies en este catálogo. La última modificación se produjo hace tres años con el Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias

Aun así, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que preside Ione Belarra ya trabaja en la tramitación de la Ley de Bienestar Animal, que ampliará el número y categoría de especies que no se podrán tener en nuestro hogar. De este modo, para que un animal pueda ser considerado doméstico, ha de figurar en el listado de especies permitidas por ley. Para ello, es imprescindible que estas puedan vivir en cautividad, que no supongan un riesgo para las personas y no se convierta en una especie invasora.

Asimismo, son hasta 16 especies que estarán incluidas en esta nueva ley y que, por tanto, no se podrán tener bajo nuestra responsabilidad en casa. Países Bajos, con una legislación similar. Estas son las nuevas que incluye el BOE: “Acrothamnion preissii, Didymosphenia geminata, Gracilaria vermiculophylla, Lophocladia lallemandii, Womersleyella setacea, Arbutus unedo, Centranthus ruber, Cytisus scoparius, Eschscholzia californica, Ricinus communis, Spartium junceum para Canarias, Crassula helmsii, Elodea nuttallii, Fallopia baldschuanica, Hedychium gardnerianum, Hydrocotyle ranunculoides, Nicotiana glauca, Nymphaea mexicana, Oxalis pes-caprae, Crepidula fornicata, Dreissena bugensis, Ficopomatus enigmaticus, Melanoides tuberculatus, Mnemiopsis leidyi, Potamocorbula amurensis, Rhopilema nomadica, Limnoperna escurris, Dysdera crocata, Ommatoiulus moreletii para Canarias, Linepithema humile, Monomorium destructor, Paratrechina longicornis, Tapinoma melanocephalum. Armadillidium vulgare para Canarias, Dyspanopeus sayi, Dikerogammarus villosus, Orconectes limosus, Percnon gibbesi excepto Canarias, Rhithropanopeus harrisii. Misgurnus anguillicaudatus, Scardinius erythrophthalmus. Duttaphrynus melanostictus. Acridotheres spp., Alopochen aegyptiacus, Branta canadensis, Pycnonotus cafer, Pycnonotus jocosus, Quelea quelea, Threskiornis aethiopicus, Atelerix albiventris, Hemiechinus auritus, Herpestes javanicus y Rousettus aegyptiacus”.

Sin embargo, España no es el único país de la Unión Europea que cuenta con una legislación de estas características. Países Bajos, por ejemplo, recoge en su normativa hasta 30 especies cuya tenencia en casa está prohibida, entre las que están los jabalíes, los búfalos o roedores como los conejos y los hurones. En el caso de los roedores, sucede algo similar con Bélgica.

En cuanto a los perros, en Reino Unido es ilegal la tenencia de razas como el pit bull terrier, dogos argentinos, filas brasileños y tosas japoneses. Alemania también considera ilegal tener en casa el pit bull terrier, mientras que Finlandia prohíbe a sus ciudadanos tener en casa perros-lobo. En España hay hasta ocho razas tipificadas como “Perros Potencialmente Peligrosos”, que son el Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu.

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