REAL MADRID

Rechazada la condena a ‘Le Monde’ por vincular al Real Madrid con dopaje

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE mantiene que las indemnizaciones son “irrazonables” por su efecto “disuasorio” en la libertad de prensa, después de que el Tribunal de Apelación de París ya anulara en 2020 los pagos de la sentencia española. Falta la sentencia de la corte europea.

EFE

La indemnización exigida por la justicia española a Le Monde y a uno de sus periodistas por vincular al Real Madrid y al Barcelona con el sistema de dopaje del doctor Eufemiano Fuentes es “irrazonable”, según las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) asignado al caso. En sus conclusiones publicadas este jueves, el jurista señala que exigir una compensación de 390.000 euros a la sociedad editora de Le Monde y de 33.000 euros a esta última y su periodista solidariamente, como dictaminaron los tribunales españoles, puede poner en peligro la libertad de prensa.

“Una condena al pago de una indemnización por daños y perjuicios de cuantía manifiestamente irrazonable genera un efecto disuasorio que afecta tanto a la libertad de prensa como a la libertad de información”, afirma el abogado general, Maciej Szpunar. Las conclusiones del abogado general no son vinculantes, pero en la mayoría de ocasiones suelen orientar la decisión final del tribunal.

El jurista opina que “el riesgo de un efecto disuasorio que transcienda la situación de la persona directamente afectada justifica que se deniegue el reconocimiento y la ejecución por constituir una vulneración manifiesta y desproporcionada de la libertad de prensa en el Estado miembro de se trate”, informó la corte con sede en Luxemburgo. ”La vulneración manifiesta de la libertad de expresión puede constituir un motivo de denegación del exequatur”, señala Szpunar, que se inclina así por la tesis de los tribunales franceses frente a los españoles.

El caso se remonta a 2006, cuando Le Monde publicó en portada una información que relacionaba al médico Eufemiano Fuentes, vinculado entonces a escándalos por dopaje en el ciclismo, con el Real Madrid y al Barça. El diario francés tituló esa información “El Real Madrid y el Barça vinculados al doctor Fuentes” y añadía una entrevista con el médico, después de que se hubiera destapado que dirigía una red de dopaje sanguíneo en el ámbito del ciclismo, y numerosos medios españoles se hicieron eco de la información.

El Real Madrid y un miembro de su equipo médico denunció los hechos ante un juzgado madrileño por vulneración de su honor, y tras un largo recorrido judicial, los tribunales dieron la razón al club en 2014 y exigieron las citadas indemnizaciones al periódico y al periodista. Pidieron la ejecución de la sentencia a través de los tribunales franceses, que en primera instancia accedieron. Pero en un recurso, el Tribunal de Apelación de París anuló en 2020 el pago al considerar que las resoluciones españolas no podían ser ejecutadas en Francia por ser manifiestamente contrarias al orden público internacional francés.

En concreto, la corte parisina consideró que los tribunales españoles habían impuesto las penas sin que el Real Madrid alegara daño patrimonial alguno. Añadía que la única cuestión controvertida ante el juez español era el impacto mediático del artículo publicado en el sitio de Internet del periódico Le Monde, que fue limitado porque los medios de comunicación españoles no aceptaron la veracidad de la noticia, sino que la pusieron en tela de juicio y porque se publicó un desmentido.

El tribunal francés también sostenía que la cuantía de las indemnizaciones es insólita y excesiva, tanto para la sociedad editora como para el periodista, y que la legislación francesa solo castiga la difamación respecto de particulares con una multa de un máximo de 12.000 euros.

Por último, y en línea con las conclusiones del abogado general del TJUE publicadas este jueves, el Tribunal de Apelación de París entendía que esas condenas de excepcional cuantía impuestas a un periodista y a un medio de comunicación tendrían un efecto disuasorio en su participación en el debate público sobre temas de interés general, pudiendo impedir que los medios de comunicación desempeñen su función de información y control.

El Real Madrid y su equipo médico recurrieron al Tribunal de Casación de Francia y alegaron que la cuantía es adecuada porque se trata de una indemnización, no de una multa, y que el tribunal francés no podía revisar la sentencia española, sólo ejecutarla, y que en su relectura no apreció todos los “actos dañosos confirmados” por el juez español.

Y el Tribunal de Casación pidió aclaraciones al TJUE sobre las consecuencias de la ejecución de la sentencia para la libertad de prensa, asunto sobre el que ahora se ha pronunciado el abogado general, a falta aún de la sentencia de la corte europea.

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