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La Justicia deja sin efecto el Plan de Restructuración

La entidad de Felipe Moreno pretendía reducir su deuda privada desde los 11 millones de euros a apenas 516.000 euros. La sentencia es firme y no cabe recurso.

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Licenciado en Periodismo y Máster en Dirección de Comunicación. Se inició en área de prensa del Real Murcia, club en el que estuvo durante 12 temporadas y las cinco últimas como responsable del departamento. Después, comenzó a colaborar con Diario AS, cubriendo la información de los equipos de la Región de Murcia.
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Varapalo al Real Murcia CF, aunque no inesperado ya que muchos lo veían venir. La Audiencia Provincial ha notificado este jueves que estima la impugnación formulada por varios acreedores y socios de la entidad de Felipe Moreno y tumba el Plan de Restructuración que había sido homologado el pasado 2 de mayor por el Juzgado de lo Mercantil 1 de Murcia.

Entre los motivos por los que se tira para atrás este Plan, que buscaba reducir la deuda privada del club desde los 11.000.000 de euros hasta poco más de 516.000 euros. Entre ellas se encuentran la formación defectuosa de clases de acreedores, la falta de acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias con Hacienda y la Seguridad Social en el momento de homologación judicial, así como la falta de requisitos formales en la elaboración del Plan de Reestructuración.

Para la Justicia, ni el voto favorable del Ayuntamiento de Murcia y de la empresa pública EMUASA no suplen el incumplimiento de la obligación de aportar certificaciones en los términos exigidos por la ley.

La Audiencia Provincial recuerda que el Plan impone una quita del 100% a los créditos subordinados y del 95% y 3 años de espera a los ordinarios. Sin embargo, el único voto favorable provecen de los créditos públicos, que no sufren ningún sacrificio. Por tanto, de esta forma, según la Justicia, se rompe el principio de igualdad entre acreedores y se vulnera el derecho de defensa de aquellos que sí asumen pérdidas: “No tiene ninguna justificación”.

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Desde la Audiencia Provincial se reconoce la relevancia social del Real Murcia, pero recuerda que la normativa concursal no contempla excepciones para entidades con relevancia histórica o social y que se debe aplicar la norma de forma estricta y objetiva.

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