LIGA F

Así es el nuevo marco regulador fijado por el CSD para la Liga femenina: calendario, ingresos, licencias...

El CSD atribuye las competencias de RFEF y LPFF ante la falta del convenio de coordinación. Tres puntos disgustan en la patronal y hay preocupación en los clubes independientes.

Rodolfo MolinaDiarioAS

El artículo 96.2 de la Ley 39/2022 establece que “en los casos en que no existiere convenio de coordinación entre una liga profesional de nueva creación y la federación deportiva española correspondiente, se arbitrará un sistema en el seno del Consejo Superior de Deportes para la atribución de las competencias” y para la resolución de “aquellas cuestiones estrictamente necesarias en las que deba existir coordinación entre la liga profesional y la federación deportiva española correspondiente para garantizar el inicio y desarrollo de la competición”.

Así, en la resolución con fecha del 29 de junio firmada por Víctor Francos a la que ha tenido acceso AS, el CSD fija un nuevo marco regulador para la máxima categoría femenina de fútbol, con tres puntos que han causado especial malestar en la patronal como son los relativos a los gastos arbitrales, los ingresos comerciales y la cesión de su 20% al ente que preside Rubiales y la limitación de acuerdos con otras entidades... Además, los clubes independientes están muy preocupados por estas nuevas disposiciones y las reuniones que tenían programadas (todos los clubes) con LPFF y RFEF fueron pospuestas.

Estas son algunas de las cuestiones principales resueltas:

1) El calendario. El calendario deportivo de las competiciones oficiales de carácter profesional será elaborado por la LPFF y el presidente de la RFEF dispondrá de diez días desde el de su recibo, que deberá ser anterior al 15 de abril de cada año, para ratificarlo o rechazarlo. No obstante, el sorteo, como ya ocurrió el verano pasado, será cosa del ente que encabeza Rubiales.

2) Competición. El número de equipos de la bautizada como Liga F será de 16, con dos descensos y dos ascensos, hasta la temporada 2025-26, cuando pasarán a ser tres. Eso sí, cabe la posibilidad de modificarlo mediante acuerdo entre ambas partes.

3) Ingresos. El CSD también establece que un 20% de los ingresos brutos generados por la explotación comercial de activos de la LPFF que no sean de titularidad de los clubes, en concreto del nombre y del balón de la competición, serán para la RFEF para el fomento del fútbol base femenino.

4) Arbitraje. Se dispone que la RFEF garantice el servicio de arbitraje, y videoarbitraje si se da el caso, a la LPFF con los siguientes criterios: que los clubes o SADs están obligados a abonar a la RFEF todos sus costes, que la RFEF emitirá mensualmente las facturas de dichos servicios, que los clubes y SADs podrán abonarlos a través de la LPFF si así lo acuerdan y que estos costes no aumentarán si se decide implantar el video arbitraje.

Además se establecen las cantidades para el servicio de arbitraje: 14.646,17 euros por partido en la temporada recién finalizada, es decir, 117.169,33 euros por jornada, 3.515.080 euros en total (240 partidos). Los sueldos de las colegiadas también quedan por escrito y son los que se acordaron tras el parón del año pasado: para la árbitra principal se fija una cantidad de 25.000€ brutos y para las asistentes, 16.000€ brutos, actualizándose con el IPC. También se recoge la aportación de 350.000 euros de la RFEF a la LPFF durante las temporadas 2022-23, 2023-24 y 2024-25.

5) Jugadoras extracomunitarias. El número de jugadoras extranjeras no comunitarias que podrán participar en la competición disminuye a cinco en la temporada 2023-24 (en la finalizada era de nueve) y a tres en la 2024-25.

6) Jugadoras en formación. El número mínimo de jugadoras en formación que deberá disponer cada equipo inscrito en la competición será de cinco a partir de la temporada 2023-2024. Se entiende por jugadoras de formación aquellas jugadoras que hayan disputado al menos 3 temporadas completas en las competiciones oficiales de futbol femenino en España con anterioridad al cumplimiento de los 18 años o del primer contrato de jugadora profesional.

7) Precio de las licencias. Cada primera licencia de jugadora nacional o internacional costará 1.542,57 euros.

8) Licencias. El número de licencias será de 25 por equipo, como se recogía en la normativa propuesta publicada por la RFEF.

9) Limitación de acuerdos con otros entes. Este punto hace especial daño a la LPFF, pues el CSD establece que la suscripción de cualquier tipo de acuerdo por parte de la patronal con otras entidades miembro de la RFEF que no sean sus clubes afiliados a partir de la fecha de la presente resolución precisará de la autorización expresa de la RFEF de acuerdo con las normas de FIFA y UEFA. Por tanto, el acuerdo comercial por 42 millones de euros del organismo que preside Álvarez Mesa con LaLiga puede quedar en nada...

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