Sociedad

Un electricista se da de baja por un ictus, la empresa le ‘caza’ trabajando en una peluquería y la Justicia sentencia con procedente

Un trabajador del metal gallego, tras un año de baja, empezó acudir a un negocio propio para hacer tareas menores.

LDProd
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Un trabajador gallego de la industria del metal, trabajaba como electricista, sufrió un ictus. Estuvo cuatro días ingresado en el hospital y tras un año de baja, empezó a acudir para entretenerse y hacer tareas sencillas como coger el teléfono, a un negocio que había montado de manera paralela a su trabajo principal, una peluquería.

La empresa contrató a un detective cuando se enteró que el trabajador acudía a otro centro de trabajo. Pero no por el hecho en sí, que también, sino por hacerlo en moto. Acudieron a la justicia, y la resolución no puede ser más clara: despido procedente.

Tal y como cuenta El Faro de Vigo, durante cinco jornadas laborales, documentó que el hombre acudía en moto al salón de belleza y hacía tareas livianas, del tipo atender llamadas, dar citas, sacar la basura o bajar la verja a la hora del cierre. A Reparaciones, Ingeniería y Suministros del Norte le pareció que era material suficiente para realizar un despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores.

El trabajador acudió a la justicia, porque no estaba de acuerdo, con el argumento principal de que sus tareas en la peluquería en ningún caso perjudicaban su recuperación: "Se trataba de una mera presencia física en un negocio de su propiedad". Tanto el Juzgado de lo Social n.º 5 de Vigo como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) han dictaminado que la firma del metal cumplió con la legalidad.

Los magistrados reconocen en el auto que esa otra actividad laboral, pese a que es “menos exigente” que la de electricista, teniendo en cuenta el origen de su enfermedad, también tiene asociado un peligro elevado: el uso de una moto. “No cabe duda que implica la asunción de un riesgo claro de accidente, con la consiguiente prolongación de tal situación en perjuicio de la empleadora y del sistema público de la Seguridad Social”.

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Así, los magistrados creen que ir en moto a un segundo trabajo es suficiente para "perturbar el proceso de curación", uno de los requisitos que establece la jurisprudencia para justificar un despido disciplinario mientras un trabajador esté de baja. El otro requisito es que ha quedado en evidencia la aptitud laboral del trabajador.

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