Sociedad

Su casa se ve amenazada por el agua de lluvia desviada desde la propiedad del vecino y las autoridades aprueban la maniobra

Aunque los vecinos pueden oponerse a obras que afecten a su propiedad, deben demostrar un perjuicio claro y directo para frenar permisos relacionados con la gestión hídrica.

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Según la sentencia del Tribunal Administrativo de Fráncfort del Óder, Sala 5, sentencia de 10 de octubre de 2024, número de caso: 5 K 448/21, las tensiones vecinales por la gestión del agua de lluvia ha llegado a un punto de no retorno, todo después de que una propietaria denunciara que las obras en la parcela colindante estaban desviando aguas pluviales hacia un pequeño estanque situado parcialmente en su terreno. La mujer alegaba riesgo de inundaciones, daños en su propiedad y afectación a los árboles de la zona. Sin embargo, tanto la autoridad competente como el tribunal administrativo desestimaron sus argumentos.

La disputa comenzó cuando una empresa constructora, encargada de levantar cinco edificios de apartamentos en la parcela vecina, solicitó permiso para evacuar parte del agua de lluvia hacia un pequeño cuerpo de agua que se extiende entre varias propiedades, incluida la de la demandante.

La constructora argumentó que no podía infiltrar toda el agua en su propio terreno debido a limitaciones técnicas: poco espacio, diferencias de altura y un nivel freático superficial. Por ello, pidió autorización para derivar una parte hacia el estanque natural, conectado a las parcelas mediante una zanja de drenaje.

La propietaria afectada rechazó expresamente dar su consentimiento. Aseguró que su terreno, situado a menor cota, ya sufría episodios de encharcamiento y que el vertido adicional agravaría la situación, dejando zonas inaccesibles tras lluvias intensas.

Pese a la negativa de la propietaria, la Autoridad Inferior del Agua otorgó a la nueva promotora un permiso para construir un drenaje pluvial de 118 metros y verter hasta 695 m³ anuales de agua de lluvia al estanque. El permiso incluía medidas para reducir el volumen de escorrentía, pero la afectada no fue informada de la resolución y solo tuvo conocimiento de ella posteriormente.

Al presentar su objeción, la demandante alegó vulneración de la Ley de Gestión de Recursos Hídricos, falta de consideración hacia sus intereses y ausencia de una investigación adecuada sobre los posibles perjuicios.

La administración defendió que la evacuación local del agua era la única opción técnicamente razonable. Según su evaluación:

  • El alcantarillado no podía asumir más caudal.
  • Desviar el agua a mayor distancia perjudicaría a las aguas subterráneas.
  • No se preveían inundaciones permanentes ni daños significativos en la propiedad de la demandante.

Además, consideró que la afectada no demostraba un perjuicio “cualificado e individualizado” que justificara bloquear el permiso. El tribunal administrativo confirmó la decisión. Señaló que la normativa permite la infiltración o vertido de aguas pluviales en cuerpos de agua naturales siempre que no se vulneren otros intereses públicos o privados.

También recordó que la autoridad del agua dispone de un margen de discrecionalidad, pero debe valorar los intereses de terceros. En este caso, concluyó que:

  • El riesgo alegado por la propietaria no estaba suficientemente acreditado.
  • Las medidas impuestas a la constructora eran adecuadas para minimizar impactos.
  • La gestión pública del agua debe equilibrar intereses contrapuestos en beneficio general.

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Este conflicto ilustra una situación cada vez más habitual en zonas residenciales: la convivencia entre nuevas construcciones, infraestructuras de drenaje insuficientes y propietarios preocupados por los efectos del agua de lluvia en sus viviendas. La sentencia subraya que, aunque los vecinos pueden oponerse a obras que afecten a su propiedad, deben demostrar un perjuicio claro y directo para frenar permisos relacionados con la gestión hídrica.

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