SOCIEDAD

¿Pueden pagarse unas vacaciones no disfrutadas y qué pasa si el trabajador no las gasta?

Existen varios supuestos por los que un trabajador recibe una compensación económica por los días de descanso no utilizados.

RAUL GOYCOOLEA/ATON CHILE

Todo trabajador tiene derecho a disfrutar de unos cuantos días de vacaciones al año. Aunque el número de jornadas de descanso depende de cada trabajo, el Estatuto del Trabajador recoge los límites y normas de las vacaciones. Este es el documento por el que se deben guiar los convenios laborales y, por lo tanto, el más importante a la hora de negociar nuestras vacaciones.

Según ese Estatuto, a cada empleado le corresponden 2,5 días naturales de vacaciones por cada mes trabajado, o en otras palabras, 30 días naturales. Sin embargo, hay años en los que por ciertas cuestiones el trabajador no consigue gastar todos sus días de vacaciones. Es entonces cuando nos preguntamos si se pueden sustituir por una compensación económica.

La web del Ministerio de Trabajo lo deja bien claro: “Las vacaciones no son sustituibles por compensación económica, salvo en caso de extinción de contrato de trabajo que imposibilite el disfrute de las mismas”. O se gastan las vacaciones, o las pierdes. No te las pueden pagar a no ser que se te acabe el contrato de trabajo.

Otra de las excepciones para cobrar las vacaciones no disfrutadas se produce en el caso de la jubilación. Es decir, si el trabajador se retira por una incapacidad sobrevenida y no ha podido disfrutar de las vacaciones, se le pagarán los días no disfrutados. Cuando se jubila sin que haya padecido una incapacidad, no se le pagarán.

Además, tampoco se pueden acumular para disfrutarlas al año siguiente, aunque puede haber cierta flexibilidad en las empresas para gastarlas fuera de su año natural. Esto puede aparecer modificado en el convenio colectivo.

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