SOCIEDAD

¿Me pueden despedir por usar el móvil en la oficina o en el trabajo?

Aunque no es lo habitual, es posible. Las empresas pueden prohibirlo de forma expresa y deben informar a sus trabajadores de ello.

El uso de dispositivos inteligentes (ya sea teléfonos móviles, tabletas o smartwatchs) está a la orden del día. Cada vez pasamos más tiempo frente a la pantalla, y eso puede llegar a afectarnos a nivel social, familiar o laboral. El uso de estos dispositivos, concretamente el teléfono móvil, es algo que no está regulado en el Estatuto del Trabajador, por lo que hay una especie de vacío legal en cuanto a su uso durante el trabajo.

Pero lo que sí se menciona, en el artículo 20 de dicho texto, es que “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales”. Si bien no se puede evitar que el trabajador tenga consigo un teléfono móvil, sí que podría darse el caso de limitar su uso durante la jornada laboral.

En algunos casos el uso del teléfono móvil puede estar estrechamente ligado con el trabajo a desarrollar, y en estas ocasiones lo que la empresa puede limitar es el acceso a ciertas direcciones web, aplicaciones o servicios del teléfono. El hecho de ser despedidos o no dependerá de las circunstancias de cada caso. Por ejemplo, en caso de quedar explícitamente prohibido (o limitado) su uso, contravenir dicha dirección por parte de la empresa puede ser motivo de despido.

En tal caso, deberá quedar registrado por escrito, ya sea en el contrato de trabajo o a través de las políticas internas de la empresa, según explican desde Rojano Vera Abogados y Asesores. De este modo, el trabajador debe conocer de antemano los supuestos en los que puede hacer uso de su móvil, así como las circunstancias en las que está prohibido o limitado. En cualquier caso, la empresa debe considerar las situaciones de causa mayor o emergencias, en las que el uso del teléfono móvil puede ser necesario.

Por otro lado, en base a la Ley Orgánica de Protección de Datos, los empresarios deben respetar la privacidad de sus trabajadores. Esto es, no pueden acceder o controlar el contenido personal del móvil del trabajador sin su expreso consentimiento previo.

Despidos por el uso del móvil

Aunque no suele ser algo común, en los últimos años ha habido casos de personas despedidas por un uso excesivo del teléfono móvil. Algunos convenios colectivos, así como tribunales, aceptan la prohibición del uso del teléfono durante la jornada laboral. Con ello se desatienden las obligaciones laborales, minando la productividad del trabajador (y, por tanto, de la empresa).

En el año 2021 el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJ) avaló el despido disciplinario de un trabajador por usar el móvil durante su horario laboral. En este caso, la prohibición estaba expresamente marcada por la empresa, y en caso de incumplimiento los responsables se encargaban de amonestar verbalmente a los que no hacían caso de dicha norma. Dicho trabajador llegó a recibir tres avisos formales hasta que fue finalmente despedido.

En el último de los avisos se le indicó que su conducta podía ser constitutiva de falta grave, puesto que se trataba de una norma por todos conocida dentro de la empresa: además de colgar carteles por las instalaciones, se organizaban reuniones de forma periódica para informar sobre la posibilidad de ser sancionados. También conviene señalar que la compañía debe probar un perjuicio sufrido por el uso del teléfono móvil de un trabajador en horario laboral.

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