Sociedad

Los jefes despiden a la repartidora por ‘desobediente’, la trabajadora alega impagos y la Justicia avala el despido con procedente

El caso enfrenta a una trabajadora de larga trayectoria con la nueva gerencia de una panadería de Vigo.

imaginima | DiarioAS
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado como procedente el despido de una repartidora de pan de Vigo que se negó a revelar a sus nuevos jefes la ruta de reparto, la lista de clientes y la recaudación, mientras reclamaba supuestos impagos. La sentencia respalda la versión empresarial de que la empleada incurrió en una “persistente actitud de desobediencia” que generaba “graves problemas” en el negocio.

Según el fallo, la trabajadora, con una década en el puesto y distintos propietarios, rechazó en varias ocasiones la petición de ir acompañada por otro empleado o por el gerente para conocer el recorrido y la clientela. La negativa se mantuvo incluso cuando la orden fue reiterada por escrito a través de WhatsApp, lo que llevó a la empresa a ejecutar el cese.

La defensa de la empleada alegó que la solicitud solo se planteó en ese mensaje y que, durante el año y medio de gestión de la nueva gerencia, “nunca se habían interesado por el reparto” ni se le había sancionado por esta u otra causa. También sostuvo que un mes antes de su despido la panadería había publicado una oferta para cubrir su puesto y recalcó que “siempre cumplió” con sus funciones.

No obstante, la sentencia considera “elocuentes los mensajes de renuencia” de la repartidora y destaca que guardaba “celosamente” en una libreta la información clave del reparto. El TSXG señala que los empresarios “tienen derecho a conocer todos los perfiles de su negocio” y recuerda que la mujer continuó repartiendo tras el despido, lo que, a juicio del tribunal, evidencia la relevancia económica de la clientela que atendía.

En cuanto a los impagos denunciados, los magistrados precisan que no pueden darlos por probados sin una resolución firme que así lo establezca. Sobre el exceso de jornada, apuntan que, al no existir registro horario en la empresa, la trabajadora debía haber aportado testimonios de clientes que confirmaran que realizaba más horas de las fijadas en su contrato.

La experiencia como argumento fallido

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La repartidora intentó apoyarse en su antigüedad, acumulada con distintos dueños, como prueba de su buen desempeño. Sin embargo, el TSXG sostiene que esa experiencia “debería ser un factor para facilitar la entrada del nuevo empleador” y no una justificación para su resistencia a compartir la información de la clientela. “La resistencia al cumplimiento de una directriz de organización relativiza la afirmación de que siempre cumplió con su trabajo”, concluye el fallo.

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