CAMPAÑA RENTA 2023-2024

Los impuestos que ha cobrado Hacienda y que tendrá que devolver a los contribuyentes

El Impuesto de Sociedades, junto al IVTNU, el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto a los depósitos, además de la prestación por maternidad, son los seis impuestos que Hacienda suele devolver.

Carlos Luján / Europa PressEuropa Press

El periodo de realizar la Declaración de la Renta está a la vuelta de la esquina, y todos los españoles se preguntan si la declaración les saldrá a devolver o a pagar. Ante esta cuestión, la Memoria de Tribunales Económico-Administrativos señala que Hacienda suele perder un 37,09% de los casos en los que los contribuyentes reclaman ante la Justicia. En algunos de los casos, Hacienda devuelve el dinero, mientras que en otros supuestos, la administración decide cambiar su criterio e incluso sus leyes.

Estas situaciones ocurren cuando el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional fallan en contra de la postura de la AEAT e incluso de determinadas leyes. Debido a estos cambios, la Asociación Española de Asesores Fiscales, AEDAF, solicitó un plan nacional de devolución a los contribuyentes de los impuestos declarados inconstitucionales.

En total, Hacienda suele devolver seis impuestos a los contribuyentes: el Impuesto de Sociedades (IS), Impuesto sobre el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU), Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto a los depósitos, además de la prestación por maternidad.

¿Cuánto tiempo tarda Hacienda en devolver el dinero?

Si todo sale bien en la declaración, la Agencia Tributaria no debería tardar más de un mes en devolver la cantidad de dinero que ha cobrado de los impuestos anteriormente mencionados. Aun así, la ley dictamina que la Administración puede disponer de seis meses desde el término del plazo de presentación de las declaraciones para realizar las devoluciones.

Una vez ya pasados los seis meses establecidos, si Hacienda no realizado la devolución tendrá que regresar el importe derivado de la declaración de IRPF, más los correspondientes intereses de demora por el retraso en la devolución. En sí, sería un 4,0625% del total de la cuantía.

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