SOCIEDAD

Los coches que no podrán circular dentro de la M-30 en Madrid el 1 de enero de 2024

Los vehículos A no domiciliados en la capital, y que no paguen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, no podrán entrar a Madrid ZBE, que incluye a toda la ciudad.

Joaquin CorcheroEuropa Press

A partir del 1 de enero, entrarán en vigor las restricciones impuestas por Tráfico para la libre circulación de vehículos por Madrid, así como por las carreteras de otras de las principales ciudades del país, con el objetivo de reducir las emisiones de CO₂.

La capital cuenta con tres zonas de bajas emisiones. La primera de ellas, Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE), que afecta a toda la ciudad. Las otras dos zonas son declaradas de especial protección, que son Distrito Centro y Plaza Elíptica. La primera será la única que experimente cambios de toda la ciudad en enero de 2024. Los vehículos con etiqueta A no domiciliados en la capital, y que no paguen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), no podrán entrar en ella.

Las limitaciones, incluidas en el marco de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, también afectan a otras ciudades como Barcelona. “Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán planes de movilidad urbana sostenible coherentes con los planes de calidad del aire que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad”, recoge la normativa.

La M-30 es una de las vías de circunvalación madrileñas con mayor tráfico no solo de la capital, sino de toda España. Con una longitud de 32,5 kilómetros y un radio medio de 5,17 km con respecto a la puerta del Sol, discurre íntegramente por la ciudad de Madrid. Por ella, circulan una media de más de 300.000 vehículos diarios. Rodea los distritos centrales de la capital y es la única autopista española de la que es titular un ayuntamiento.

Zonas de Emisiones de Especial Protección: Centro y Plaza Elíptica

En lo que respecta a las zonas de bajas emisiones de Especial Protección, no entrará en vigor ningún cambio en enero de 2024. Los vehículos turismos con clasificación ambiental B y C “tienen prohibido acceder a las ZBEDEP de Distrito Centro únicamente para atravesarla, si bien podrán hacerlo para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado”, según informa el ayuntamiento en su página web. Las motocicletas y ciclomotores, pueden acceder sin restricción en horario de 7:00 a 22:00 y fuera de ese horario, deberán contar con autorización de acceso.

Sobre la ZBEDEP de Plaza Elíptica, fue creada en el marco de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360. En ella, se prohíbe a los vehículos con clasificación ambiental A el acceso y la circulación por el interior de su perímetro, incluyendo el tramo de la autovía A-42 comprendido dentro del mismo, salvo excepciones (residentes, empresas y autónomos, personas con movilidad reducida, servicios públicos, transporte de alumnado a centros educativos y otros colectivos). En ella, los vehículos con distintivo ambiental “B”, “C”, “0 Emisiones” y ECO podrán circular y estacionar sin restricciones.

Multa de 200 euros en caso de incumplir la ley

En Madrid, aquellos conductores que incumplan la normativa vigente a partir del primer día de 2024, serán sancionados con una multa cuya cuantía asciende a 200 euros. En el caso de Barcelona, por ejemplo, en el caso de que el consistorio reciba el visto bueno judicial a su plan, serán los vehículos con etiqueta B los que no podrán circular en todo el área metropolitana.

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