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Le convocan a una reunión urgente el lunes, se reduce la jornada el domingo y el Supremo actúa: procedente por “ejercicio abusivo”

El Tribunal Supremo confirma el despido de un trabajador que intentó anticiparse a su cese mediante reducción de jornada y baja laboral.

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El Tribunal Supremo ha ratificado la decisión de despedir a un trabajador que solicitó una reducción de jornada por cuidado de hijos y, simultáneamente, se acogió a una baja médica, días antes de una reunión en la que se le comunicaría su despido. Los jueces consideraron que esta conducta constituyó un “ejercicio abusivo” del derecho a la conciliación laboral, al intentar protegerse ante la inminente extinción de su contrato.

Según la sentencia, el empleado prestaba servicios como director de operaciones en un grupo empresarial dedicado a proyectos de investigación y desarrollo. Ante la implementación de un nuevo plan de negocios, sus superiores consideraron su desempeño “inferior al suficiente”.

Reducción de jornada como estrategia defensiva

El 17 de febrero de 2023, la responsable de recursos humanos le convocó a una reunión para el lunes siguiente, en la que previsiblemente se le despediría. El domingo anterior, el trabajador solicitó la reducción de jornada y el lunes notificó su baja por enfermedad. Esa misma semana se materializó el despido, imputándole incumplimientos graves, como la falta de presentación de un plan de ventas actualizado.

Inicialmente, el Juzgado de lo Social número 3 de Madrid declaró el despido improcedente, pero no nulo, y posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó que el trabajador había actuado con “una clara intuición o sospecha de que podía ser despedido” y utilizó la reducción de jornada de manera “anormal o abusiva”.

Ahora, el Supremo ha rechazado el recurso del empleado, al no aportar evidencia que contraviniera las conclusiones anteriores.

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La abogada Eva Hernández, especialista en derecho laboral, valoró la resolución en el diario CincoDías, señalando que la empresa pudo demostrar que el despido careció de móvil discriminatorio y que existió un “triple test” de abuso de derecho: conocimiento de la posible extinción, estrategia de protección y legitimación aparente artificiosa.

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