SOCIEDAD

La edad a la que es posible jubilarse si has cotizado 40 años

La edad de jubilación en nuestro país se retrasa cada año, pero el tiempo que hayas cotizado a la Seguridad Social es muy importante.

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Las personas de edad más avanzada tienen una fecha marcada de rojo en el calendario: el momento en el que pueden acceder a la jubilación y poner fin a sus carreras laborales. Normalmente, esto se traduce en una vida más cómoda, con menos responsabilidades y, en definitiva, con más tiempo para disfrutar de la familia, amigos y del entorno.

Pero para que un trabajador pueda jubilarse necesita unos años mínimos cotizados a la Seguridad Social. La edad de jubilación se retrasa cada año debido a la reforma de las pensiones de 2011.

El aumento de la edad de jubilación comenzó en el año 2013 y continuará hasta el 2027, cuando la reforma quede completa. Pero, en definitiva, todo depende del tiempo que hayas cotizado a la Seguridad Social. Por ejemplo, este 2023 se pueden jubilar a los 65 años quienes hayan cotizado 37 años y nueve meses o más. Quien no tenga esas cifras, tendrá que jubilarse más tarde (66 años y dos meses).

Por ello, muchos se preguntan a qué edad pueden jubilarse si han cotizado 40 años. Pues bien, todas las personas que hayan cotizado igual o por encima de la edad legal (en este 2023 es de 37 años y nueve meses), podrán retirarse a los 65 años.

¿Jubilación anticipada?

En España existe un procedimiento para jubilarse antes de la edad legal. Si un trabajador quiere ‘colgar las botas’ antes de tiempo pero ha cotizado 40 años, tendrá dos vías para hacerlo efectivo.

En primer lugar, la jubilación anticipada voluntaria, o en otras palabras, la jubilación anunciada y decidida por el trabajador. Esta vía permite adelantos de hasta dos años respecto a la edad legal. Por otro lado tenemos la jubilación anticipada involuntaria, que se da cuando un trabajador es despedido o deja el trabajo por un cese no voluntario. Esta última vía permite adelantos de hasta cuatro años.

Por ello, las personas que hayan cotizado 40 años y quieran jubilarse de forma anticipada podrán hacerlo a los 63 años (jubilación anticipada voluntaria) o a los 61 (jubilación anticipada involuntaria).

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