Iria Álvarez, experta en marketing, avisa a las empresas que usan WhatsApp para trabajar: “Una multa de 600.000 euros no te la quita nadie”
Te hagan la pregunta que te haga, en el momento en que ese teléfono es de un autónomo, o ligado a una comunicación de un negocio, tiene que ir por WhatsApp Business.
“¿Trabajas con WhatsApp normal? Vas a la cárcel”. Así de directa se muestra Iria Álvarez, experta en marketing, quien ha contado cómo utilizar este método de comunicación a nivel laboral podría acarrear una multa de 600 mil euros.
“Según la ley de protección de datos, no podemos comunicarnos a nivel empresa si no es a través de WhatsApp Business”, afirma Álvarez. Y es que el uso de WhatsApp está sujeto al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en la UE, exigiendo consentimiento previo para crear grupos profesionales/comerciales y compartir números de teléfono. La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) sanciona el uso de datos sin consentimiento, obligando a informar a los usuarios y respetar su privacidad, incluso con cifrado de extremo a extremo
Para Iria Álvarez, “WhatsApp es intrusivo. Te hagan la pregunta que te haga, en el momento en que ese teléfono es de un autónomo, o ligado a una comunicación de un negocio, tiene que ir por WhatsApp Business, siempre. Y tiene que llevar los textos de la ley de protección de datos", sino, se podría estar cometiendo un delito.
Tal y como cuenta INCIBE, el Instituto Nacional de Ciberseguridad, WhatsApp Business cuenta con una API (Application Programming Interface) que permite implementar diferentes funciones de la aplicación en otros productos software utilizados en la empresa, como es el caso del CRM, para la gestión de la comunicación con los clientes. Dentro de esta API se ofrece a los usuarios una función que permite obtener el consentimiento de los usuarios antes de comenzar a interactuar con ellos por medio de WhatsApp.
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