SENTENCIAS

Incapacidad permanente absoluta para un trabajador fallecido: será la madre quien reciba la prestación del hijo

El Juzgado de lo Social número 2 de Madrid ha concedido la incapacidad permanente absoluta a un trabajador meses después de haber fallecido. Será su madre la beneficiaria de esta prestación.

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Sentencia histórica en el ámbito de la incapacidad permanente. El Juzgado de lo Social número 2 de Madrid ha concedido la incapacidad permanente absoluta a un trabajador después de su fallecimiento. Su madre, que continuó con el procedimiento judicial, será la beneficiaria de esta prestación al ser la heredera universal.

Según detalla el medio especializado Economist & Jurist, el demandante era operario de mantenimiento. Tras un accidente laboral en el que sufrió un traumatismo craneoencefálico severo. El informe médico posterior al accidente documentó las graves secuelas que le quedaron como consecuencia del mismo.

Los hechos

En julio de ese mismo año, la Seguridad Social le reconoció una pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual, estableciendo una base reguladora de 2.368,57 euros con fecha de efecto desde el 29 de junio de 2022. El interesado, no conforme con la decisión de la Seguridad Social, presentó una reclamación previa para que se le reconociera la gran invalidez o, subsidiariamente, la incapacidad permanente absoluta, pero fue desestimada por silencio administrativo.

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El interesado murió en septiembre de 2023, antes de celebrarse el juicio, y el letrado solicitó la sucesión procesal de su madre, admitida por el juzgado. Finalmente, en diciembre de 2024, la sentencia fue favorable, dictando que “su estado de salud era incompatible con la realización de actividades laborales en condiciones normales”.

Por tanto, declara al trabajador en situación de incapacidad permanente absoluta desde el 29 de junio de 2022 hasta el 28 de septiembre de 2023, fecha de su fallecimiento, por lo que esta madre podrá recibir la prestación correspondiente. En concreto, una pensión del 100% de su base reguladora de 2.368,57 euros mensuales, con los incrementos, mejoras y límites reglamentarios durante 15 meses, desde julio de 2022 hasta septiembre de 2023. La sentencia todavía no es firme, puesto que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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