Sociedad

El Tribunal Supremo lo confirma: condena a la Seguridad Social y cambia el cálculo del permiso por nacimiento en estos casos

La prestación por nacimiento y cuidado de menor se calculará a partir de la fecha indicada por el Alto Tribunal en base a la ley vigente.

Foto: Cortesía | Google
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Para garantizar la igualdad de trato y de oportunidad entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación se reconoció un permiso que permite a ambos progenitores ser beneficiarios de prestaciones ofrecidas desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social. En 2019 se amplió los plazos de permisos y prestaciones a 19 semanas por progenitor y 32 en el caso de monoparentalidad, según la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Estas semanas de permisos y prestaciones se calculan siempre desde la fecha de nacimiento del hijo, pero hay excepciones. El Pleno de la Sala de los Social del Tribunal Supremo resolvió una duda que afecta a todos aquellos progenitores a los que se les reconoce la paternidad de manera judicial después del alumbramiento. El caso estudiado por el Alto Tribunal constaba de la existencia de un padre cuya filiación no matrimonial fue declarada por sentencia firme casi dos años después del nacimiento de su hijo.

Según lo establecido por el INSS, al contar los permisos a partir de la fecha del alumbramiento, restándole varias semanas de permiso al padre. El Tribunal Supremo barajó dos posibilidades: contar los permisos y prestaciones a partir del nacimiento del menor o a partir de la sentencia que reconoció la paternidad de su progenitor. Su sentencia fue clara.

La fecha a tener en cuenta

El Supremo dio finalmente la razón al progenitor y estableció que debía tomarse como referencia la fecha de sentencia firme que reconoce la filiación, según informa la página web de Poder Judicial España. Su sentencia se basa en la accesibilidad del padre para solicitar los permisos, hasta el reconocimiento judicial, el progenitor no contaba con los requisitos legales suficientes para acceder a los permisos, anulando la validez argumentativa del INSS.

Como resultado, el Tribunal Supremo quiso comparar el caso estudiado con la adopción. Cuando se adopta a un menor, la ley reconoce la relación paterno-filial a partir de la resolución judicial, ofreciendo los permisos a partir de esta fecha. En su sentencia, el Alto Tribunal aplicó el principio del interés superior del menor.

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En base a la decisión de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y según la normativa vigente, la duración del permiso por nacimiento y cuidado de menor debe calcularse en la fecha de la sentencia que reconoce la paternidad. De este modo se ofrecen a los progenitores la posibilidad de solicitar las semanas de permiso correspondientes, garantizando la protección del menor y la igualdad de trato.

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