El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: si te pones malo estando de vacaciones, puedes apelar al artículo 38
La recuperación de días de vacaciones perdidos por incapacidad temporal: cuándo y cómo aplicarla.
El Estatuto de los Trabajadores responde a la pregunta que muchos se hacen: ¿qué ocurre si te pones enfermo durante las vacaciones? La normativa vigente establece que las vacaciones laborales son un derecho fundamental de los trabajadores en España.
Por ello, se otorga a cada trabajador 30 días naturales de descanso anuales o 22 días laborables al año. Este periodo se encuentra protegido frente a una enfermedad imprevista, ya que se debe garantizar un descanso real.
En caso de enfermedad durante las vacaciones, si se obtiene una incapacidad temporal, el trabajador tiene derecho a recuperar esos días más adelante. Esto se aplica tanto si la baja médica comienza antes de las vacaciones como si aparece durante ellas, siempre que exista un justificante emitido por un profesional sanitario.
El artículo 38.8
El artículo 38.8 del Estatuto de los Trabajadores establece que: “En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal (...) que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad”.
Para acceder a este derecho, es necesario comunicar la situación a la empresa. Una vez finalizada la baja, se podrán reprogramar los días pendientes.
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La normativa no fija un plazo estricto para recuperarlas, pero sí establece que las vacaciones podrán recuperarse siempre y cuando no hayan transcurrido más de 18 meses desde el final del año en que se originaron.
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