SOCIEDAD

El aviso de la Seguridad Social para los pensionistas con la jubilación anticipada

Esta entidad advierte de la puesta en marcha de un nuevo proceso para actualizar las patologías, de forma que pasará a estar en el anexo de la norma y se podrá modificar mediante Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión.

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó hace varios días un Real Decreto que flexibiliza la jubilación anticipada para personas trabajadoras con un 45% o más de discapacidad reconocida. Así, se reduce de 15 a 5 años el tiempo de cotización exigido a partir de que el grado de discapacidad es reconocido.

Otra novedad es que las personas que tengan más de una patología discapacitante podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad. Por tanto, los beneficiarios son trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social y acrediten:

  • Estar en alta o situación asimilada a la de alta.
  • Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad, y dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%

Nuevo procedimiento más ágil y sencillo

En relación a las patologías, la nueva norma facilita tanto su acreditación como su actualización. En concreto, la Seguridad Social advierte de que la acreditación se podrá realizar, además de mediante certificación del IMSERSO o de las comunidades autónomas, mediante un informe médico que acredite que ha padecido alguna de las patologías contempladas y la fecha de inicio o manifestación de las mismas.

Por otro lado, se ha puesto en marcha un nuevo procedimiento, más ágil y sencillo, para actualizar el listado de patologías, de forma que pasará a estar en el anexo de la norma y se podrá modificar mediante Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión. Hasta ahora, esta actualización requería de la modificación de una Ley.

Patologías que determinan la reducción de la edad de jubilación

Las nuevas patologías que, en su caso, se incorporen al ámbito de la aplicación de este Real Decreto se irán incluyendo en el anexo de la norma que queda distribuido de la siguiente manera:

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12.000 personas podrán beneficiarse

Con todo ello, unas 12.000 personas podrán beneficiarse de la reforma que este pasado jueves entró en vigor. Así lo manifestó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en declaraciones a los medios tras una reunión con el presidente del Comité español de representantes de personas con discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez.

Además, ha avanzado que, cuando esté completamente desplegada la norma, esta medida va a reflejar una aportación en términos de jubilación a la Seguridad Social para las personas con discapacidad de “unos 150 millones de euros adicionales”.

Todo ello fue un motivo de celebración para Cayo Pérez, el cual ha aclarado que la entrada en vigor de la reforma es positiva porque “miles de personas van a poder acogerse a esta medida” y soluciona, a su juicio, algunos “aspectos inflexibles y poco propicios para alcanzar la jubilación” de la regulación anterior.

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