SOCIEDAD

¿Deben pagar la ITE todos los vecinos de una comunidad de propietarios? Esto es lo que dice la ley

En el caso de un edificio compuesto por varias viviendas, es la comunidad de vecinos la que asume el gasto de la inspección, para lo que se debe aprobar una derrama colectiva.

La Inspección Técnica del Edificio (ITE) es un trámite obligatorio en aquellas edificaciones que tengan cierta antigüedad, concretamente aquellas levantadas hace más de 50 años. Al igual que la ITV del coche, se trata de una revisión periódica que se debe pasar con el objetivo de garantizar la seguridad de la construcción.

Según el Real Decreto 8/2011, el más reciente hasta la fecha, los edificios que tengan una antigüedad superior a la cincuentena deberán pasar esta revisión, aunque la norma establece que las distintas comunidades autónomas tienen potestad para modificar este límite. A partir de entonces, deberán pasar el control rutinario cada diez años sin excepción, aunque dependiendo de los resultados puede acortarse el tiempo entre revisiones.

Los parámetros que se valoran en estas inspecciones obligatorias son:

  • El estado de conservación general del edifico.
  • El cumplimiento de la normativa vigente para edificaciones.
  • La accesibilidad de las zonas comunes.
  • La eficiencia energética.

¿Quién debe pagar la ITE?

Esta inspección se realiza tanto en viviendas unifamiliares como en edificios compuestos por varios inmuebles. En el primer caso, la factura de la revisión la asumen los propietarios de la residencia; mientras que en el caso de los edificios, es la comunidad de vecinos la que se hace responsable del gasto. En este último supuesto, se deberá aprobar una derrama colectiva para pagar la inspección.

En que se refiere al precio de la ITE, no hay una cantidad como tal establecida de lo que va a suponer este control, sino que generalmente depende del tamaño del edificio y del número de inmuebles que albergue.

¿Cómo se pasa la ITE?

Al igual que la ITV del coche, la ITE puede tener un resultado favorable o desfavorable, en función de si cumple o no con las condiciones mínimas marcadas por la normativa. En cualquier caso, la revisión la debe realizar un técnico habilitado que se encargará de revisar el edificio y tomar las mediciones y comprobaciones necesarias.

Los profesionales cualificados para llevar a cabo estos controles son aquellos que tienen titulaciones relacionadas con la edificación, siendo los más habituales arquitectos y arquitectos técnicos. Aunque recientemente, concretamente en 2018, el Tribunal Supremo hizo firme una sentencia por la cual habilitaba también a los ingenieros técnicos industriales a realizar este tipo de informes.

En resumen, la Inspección Técnica de un Edificio es una revisión de vital importancia que todas las construcciones deben llevar al día con el objetivo de comprobar su seguridad y su estado de conservación. De esta manera, se reducen al mínimo las situaciones de riesgo que puedan llegar a producirse debido a posibles defectos en la construcción.

Sigue el canal de Diario AS en WhatsApp, donde encontrarás todo el deporte en un solo espacio: la actualidad del día, la agenda con la última hora de los eventos deportivos más importantes, las imágenes más destacadas, la opinión de las mejores firmas de AS, reportajes, vídeos, y algo de humor de vez en cuando.

Lo más visto

Más noticias