Así cambia el número de años de residencia para solicitar la nacionalidad española según tu caso
La ley establece un periodo mínimo de diez años de residencia de forma continuada. Sin embargo esta exigencia puede reducirse a cinco, dos o incluso un año.
La nacionalidad española constituye, además de un derecho fundamental, el estatuto jurídico de las personas. Para poder obtener la nacionalidad española existen varias vías, según lo que establece el Código Civil español, una de ellas es mediante residencia. Se trata de la opción que suelen escoger la mayoría de los extranjeros que residen en España. Sin embargo, para poder optar a ella se deberá de haber residido al menos durante diez años en el país de forma legal y continuada.
Asimismo, es necesario realizar la solicitud de forma anterior para poder comenzar a contabilizar los años. A pesar de marcar este límite, existen algunos ejemplos en los que el periodo que se exige es menor al ordinario:
¿Cuándo se reduce el periodo de residencia exigido?
Cinco años: Personas bajo la condición de refugiados podrán obtener la nacionalidad española en cinco años.
Dos años: Para aquellos nativos de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Austria, o personas de origen sefardí.
Un año: Poder obtener la nacionalidad española con tan solo un año de residencia será posible en siete supuestos:
¿Cuáles son los requisitos para obtenerla?
Para poder recibir el visto bueno por parte de las administraciones son necesarios cinco requisitos:
¿Dónde se solicita la nacionalidad española por residencia?
La adquisición de la Nacionalidad por Residencia se encuentra regulada principalmente bajo el artículo 22 del Código Civil Español. Para poder obtener la nacionalidad española por residencia se debe, en primer lugar, acreditar la superación de dos exámenes, el examen DELE (nivel A2) y el examen CCCSE. Los únicos que se encuentran dispensados de realizar estas pruebas son los menores de 18 años y las personas de capacidad modificada judicialmente, quienes deberán presentar los certificados correspondientes.
Una vez realizadas ambas pruebas se puede presentar la solicitud de varias formas:
Cabe destacar que las Embajadas y Consulados de España en el extranjero no realizan estos trámites. Aun así, en caso de dudas la página web del Ministerio de Justicia ofrece más información sobre este trámite. Además, los trámites en el Registro Civil son completamente gratuitos.
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