DECLARACIÓN DE LA RENTA

Renta 2022-23 en Andalucía: tramos del IRPF, tipos mínimos y máximos y posibles deducciones

Andalucía es una de las comunidades a tener en cuenta a la hora de analizar todo lo relacionado con la Declaración de la Renta, que arranca este 11 de abril.

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Este 11 de abril, llega uno de los momentos más esperados por parte de todos los contribuyentes españoles: la presentación de la Declaración de la Renta. Desde esta fecha, hasta el próximo 30 de junio, millones de ciudadanos deben presentar este documento ante la Agencia Tributaria para aclarar lo generado durante el pasado ejercicio fiscal como consecuencia de sus actividades profesionales.

A este respecto, hay que tener en cuenta varios y numerosos detalles. Entre ellos, se encuentra conocer cuáles son los tramos del IRPF o los tipos mínimos y máximos en las diferentes Comunidades Autónomas que forman parte de nuestro país. En este caso, toca centrarse en Andalucía, que posee diferentes matices que no se deben dejar escapar.

Los tramos del IRPF en Andalucía en la Renta 2022-23

En primer lugar, se debe indicar en qué consiste este elemento, que cuenta con una gran relevancia para todo contribuyente. En este caso, los tramos del IRPF se encargan de señalar el porcentaje concreto de impuestos que debe pagar el ciudadano que esté obligado a presentar la Declaración de la Renta.

Este es un elemento que puede ser delicado, y los diferentes porcentajes que aparecen en los diferentes papeles a presentar los tiene contemplados la Junta de Andalucía. El organismo que preside Juan Manuel Moreno ha publicado en su portal oficial los diferentes tramos que existen de cara a la próxima campaña que arranca este 11 de abril, y que acaba el próximo 30 de junio.

De este modo, así han quedado configurados los diferentes tramos con los que cuenta el IRPF en Andalucía para el 2023:

  • Desde cero hasta 13.000 euros: 9,50%.
  • Desde 13.000 hasta 21.100 euros: 12%.
  • Desde 21.100 hasta 35.200 euros: 15%.
  • Desde 35.200 hasta 60.000 euros: 18,50%.
  • Desde 60.000 euros en adelante: 22,50%.

El tipo mínimo y el máximo, dos pilares de la Renta en Andalucía

Como se ha mencionado anteriormente, en los tramos del IRPF que se van a realizar este año en Andalucía en la Declaración de la Renta, hay que tener en cuenta varios detalles, entre los que destacan los tipos, tanto mínimos como máximos. Hay que tener en cuenta que dicha Comunidad Autónoma tomó la decisión, en los últimos meses, de deflactar, esto es, corregir las diferentes variaciones que se puedan producir.

En este caso, cabe mencionar que el tipo mínimo que puede aparecer en el primer tramo del IRPF es de cero euros. Desde dicha cantidad hasta los 13.000, se puede aplicar un tipo aplicable del 9,5%, tal y como apunta la Consejería de Economía de la Junta de Andalucía. Si se le suma el estatal, de la misma cantidad, tal y como apunta Expansión, este dato se dispara hasta el 19%.

En cuanto al tipo mínimo, hay que resaltar la importancia que tiene el quinto período. Desde los 60.000 euros en adelante, se debe aplicar un 22,5% de IRPF, por lo que sí, de acuerdo con lo mencionado anteriormente, se aplica el tipo estatal, puede llegar a alcanzar como máximos el 45 o el 47%, si la base liquidable es de 300.000 euros y la cantidad a declarar supera de forma amplia este guarismo.

Las deducciones, otro punto a tener en cuenta

Asimismo, uno de los detalles más interesantes que se deben mencionar acerca de la Declaración de la Renta en Andalucía está estrechamente relacionado con las deducciones. Es decir, aquellos campos por los que el contribuyente puede reducir las cantidades a pagar dentro de este documento. La Agencia Tributaria tiene este aspecto contemplado en su portal oficial, y los detalla de la siguiente manera:

Por circunstancias familiares y personales

  • Nacimiento, adopción o acogimiento familiar de menores de edad
  • Adopción de hijos en el ámbito internacional
  • Familia monoparental, y, en este caso, con ascendientes con una edad superior a los 75 años
  • Contribuyente con discapacidad
  • Discapacidad de uno de los cónyuges o pareja de hecho
  • Asistencia a personas con discapacidad
  • Ayuda doméstica
  • Familia numerosa

Respecto a la vivienda habitual

  • La inversión considerada como protegida, y llevada a cabo por las personas jóvenes
  • Alquiler de la vivienda habitual

Donativos y donaciones

  • Donativos con finalidad ecológica

Otros

  • La compra de acciones o participaciones sociales tras el alcance de acuerdos para constituir sociedades o una ampliación de capital, en el caso de que esta sea mercantil
  • Los gastos de defensa jurídica de la relación laboral
  • Gastos educativos

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