POLÍTICA

¿Qué es una amnistía, cuántas ha habido antes en España y en qué se diferencia de un indulto?

Este martes el BOE ha aprobado la Ley de Amnistía, que dejará sin efecto las condenas a los independentistas que participaron en el procès y los procesos judiciales pendientes.

Europa Press

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la Ley de Amnistía, que entra por tanto en vigor tras su aprobación en el Congreso de los Diputados el pasado 30 de mayo.

A partir de ahora, su aplicación queda en manos de los jueces y tribunales que tengan sobre la mesa causas vinculadas al procès. estos son, el Supremo, la Audiencia Nacional, el Tribunal de Cuentas amén de más de 300 causas en los juzgados y tribunales de Cataluña.

La ley establece que se suspenderán de forma inmediata las medidas cautelares y las órdenes de detención en vigor, pero hay discrepancias entre los juristas y los fiscales del Supremo que ejercieron la acusación en el juicio a la cúpula del ‘procés’ han cuestionado que pueda hacerse de forma automática.

¿En qué se diferencia la amnistía del indulto?

Según especifica la RAE, una amnistía se trata de una “forma de ejercicio del derecho de gracia que corresponde a los poderes públicos”. A diferencia del indulto, que se basa en razones de equidad y se concede individualmente, la amnistía tiene naturaleza colectiva y se ordena normalmente por razones de orden político de carácter extraordinario como el término de una guerra civil o un período de excepción.

Distintos juristas consideran que un indulto supone el perdón de una pena pero no del delito, por lo que si las personas indultadas volviesen a cometer el mismo delito se convertirían en reincidentes. El indulto se trata de una medida de gracia regulada en la Ley del 18 de junio de 1870, que permite la remisión total o parcial de las penas de los condenados por sentencia firme, que otorga el Rey, a propuesta del Ministerio de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros.

Por ejemplo, en 2021 el Consejo de Ministros aprobó la concesión de indultos a los nueve condenados a penas de prisión en el juicio del procés. En España se han producido más de 10.000 indultos desde el año 1996, según datos recogidos por Civio.

En el caso de una amnistía, supondrá no sólo el perdón de la pena sino también del delito, por lo que significaría el olvido legal, incluso para personas que no hayan sido juzgadas.

¿Qué dice la Constitución Española?

Pese a que la Constitución española no menciona de forma expresa las amnistías, sí lo hace con los indultos generales en su artículo 62 .i), en el que expresa que “corresponde al Rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales”. En este sentido, no hay consenso entre los juristas sobre si la Carta Magna prohíbe las amnistías y, de momento, el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado al respecto.

La Ley de Amnistía de 1977, la única de nuestro período democrático

En España, la única amnistía aprobada ha sido la Ley de Amnistía de 1977, que afectaba a todos los presos con delitos y faltas cometidos antes de su promulgación. Fue una de las primeras leyes de la Transición, que sólo tuvo el voto en contra de Alianza Popular y Euskadiko Ezkerra. Algunas voces críticas solicitan que esta norma sea revisada, pues también supuso dejar atrás delitos considerados políticos durante la Dictadura franquista cometidos antes de su entrada en vigor.

¿Y qué pasa con las amnistías fiscales?

En España se han producido tres amnistías fiscales, en las cuales, según explica el Consejo General de Economistas, “se exime del cumplimiento total o parcial de las obligaciones tributarias a aquellos que no las cumplieron en su momento”.

La primera fue en 1984, cuando se permitió aflorar el dinero a través de la compra de pagarés públicos (afros). La segunda se produjo años después, en 1991, permitiéndose comprar deuda pública especial con dinero evadido a un interés del 2%. Y la tercera y más reciente llegó en 2012 como “declaración tributaria especial” para aflorar dinero con una tasa impositiva del 10%, muy inferior a la que hubiese correspondido. Esta última amnistía fiscal fue anulada por el Tribunal Constitucional y, desde 2021, se prohibieron por ley las amnistías fiscales.

Lo más visto

Más noticias