ELECCIONES GENERALES 23J

Qué es un grupo parlamentario: funciones, número mínimo de escaños y quién va al grupo mixto

Te contamos qué es un grupo parlamentario, cuáles son sus funciones, número mínimo de escaños y quién va a grupo mixto en caso de no poder formarlo.

Actualizado a
Alberto OrtegaEuropa Press

El pasado 23 de julio se celebraron las elecciones generales de España, adelantadas por el actual presidente en funciones, Pedro Sánchez. Los resultados de los comicios fueron los siguientes: el PP cosechó 136 escaños, el PSOE 122, Vox se hizo con 33 diputados, y Sumar con 31. ERC y Junts obtuvieron 7 diputados cada uno, EH Bildu 6, PNV 5 y BNG, Coalición Canaria y UPN consiguieron un escaño cada uno. Ahora bien., qué necesita un partido para formar un grupo parlamentario una vez han acabado las elecciones.

¿Cuándo se puede constituir un grupo parlamentario?

Los diputados, en número no inferior a quince, podrán constituirse en grupo parlamentario. Podrán también constituirse en grupo parlamentario los diputados de una o varias formaciones políticas que, aun sin reunir dicho mínimo, hubieren obtenido un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, tuvieran el 15% de los votos correspondientes a las circunscripciones en que hubieren presentado candidatura o el cinco por ciento de los emitidos en el conjunto de la Nación.

¿Quiénes no pueden formar grupo parlamentario distinto?

En ningún caso pueden constituir Grupo Parlamentario separado diputados que pertenezcan a un mismo partido. Tampoco podrán formar Grupo Parlamentario separado los diputados que, al tiempo de las elecciones, pertenecieran a formaciones políticas que no se hayan enfrentado ante el electorado.

¿Cuándo se constituyen?

La constitución de Grupos Parlamentarios se hará, dentro de los cinco días siguientes a la sesión constitutiva del Congreso, mediante escrito dirigido a la mesa de la cámara. En el mencionado escrito, que irá firmado por todos los que deseen constituir el grupo, deberá constar la denominación de éste y los nombres de todos los miembros, de su portavoz y de los diputados que eventualmente puedan sustituirle.

Los diputados que no sean miembros de ninguno de los grupos parlamentarios constituidos podrán asociarse a alguno de ellos, mediante solicitud que, aceptada por el portavoz del grupo a que pretenda asociarse, se dirija a la mesa de la cámara dentro del plazo señalado anteriormente. Los asociados se computarán para la determinación de los mínimos que se establecen en el artículo precedente, así como para fijar el número de diputados de cada grupo en las distintas comisiones.

¿Qué es el grupo mixto y quiénes lo forman?

Los diputados que, conforme a lo establecido en los artículos precedentes, no quedaran, integrados en un Grupo Parlamentario, en los plazos señalados, quedarán incorporados al grupo mixto. Ningún Diputado podrá formar parte de más de un Grupo Parlamentario.

También se integran en el grupo mixto aquellos diputados que han sido expulsados de su partido. Al producirse la expulsión y hacerlo saber a la cámara, se integran en dicho grupo.

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