POLÍTICA

¿Por qué Pedro Sánchez ha convocado elecciones generales el 23 de julio?

El presidente del Gobierno, que ha convocado las elecciones para el 23 de julio, ha tomado la decisión tras los resultados obtenidos el 28-M.

Eusebio García del Castillo Europa Press

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha comparecido en la mañana de este lunes después de la celebración de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo. Tras hablar con el Rey Felipe VI, el dirigente ha comunicado a los españoles la disolución de las Cortes y, por ende, la convocatoria de elecciones para el próximo 23 de julio. Los resultados cosechados por su partido, el PSOE, han obligado al presidente para tomar esta decisión.

Estos comicios, que, en un principio estaban convocados para los últimos días del año, se han adelantado, a la vista de lo sucedido este domingo, en un evento en el que el PP ha salido más reforzado que en otras ocasiones. Con mayorías absolutas en escenarios como Madrid, se debe tener en cuenta también que los socios de Gobierno de Sánchez, Unidas Podemos, han empeorado en cuanto a concejales obtenidos.

¿Cuál es el motivo del adelanto electoral al 23 de julio?

El actual presidente del Gobierno ha sorprendido con una comparecencia en la mañana de este lunes al comunicar la convocatoria de elecciones generales al 23 de julio, en menos de dos meses. Se debe tener en cuenta que los comicios en los que se decidirá a uno de los mayores cargos de nuestro país iba a celebrarse a finales de año, presumiblemente entre los meses de noviembre y diciembre, por lo que el dirigente ha sorprendido con esta decisión.

Tras la derrota electoral del PSOE en las elecciones municipales y autonómicas, perdiendo en algunos bastiones históricos de los socialistas, como puede ser el caso del ayuntamiento de Sevilla o la presidencia de la Generalitat Valenciana, Sánchez no ha querido esperar ni 24 horas para anunciar un adelanto significativo de unos comicios que se antojan fundamentales para el partido que gobierna en la actualidad a nivel nacional.

¿Qué ha comentado Pedro Sánchez tras los comicios autonómicos?

“He tomado esta decisión a la vista de los resultados de las elecciones celebradas ayer”, analizaba el dirigente, que observó lo sucedido en los comicios celebrados el pasado domingo 28 de mayo, y que concluyeron con varias conclusiones no del todo positivas para la formación de la que es también secretario general.

“El sentido del voto traslada un mensaje que va más allá, y por eso como presidente del Gobierno y también como secretario general del PSOE asumo los resultados en primera persona y creo necesario dar una respuesta y someter nuestro mandato democrático a la voluntad popular. Creo que lo mejor es quºe los españoles se pronuncien”, comentó.

¿En qué día se deben celebrar las elecciones?

Este es otro de los puntos más importantes que se deben tener en cuenta acerca de la convocatoria de elecciones al próximo 23 de junio. Tal y como apunta el artículo 115 de la Constitución, deben pasar más de 50 días desde que se disuelvan las Cortes hasta que se celebren los comicios que, como gran novedad, se llevarán a cabo en pleno verano.

“El apartado 1 termina diciendo que el decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones. Con ello se quiso resaltar que la consecuencia lógica de la disolución es la celebración de nuevas elecciones, que se hacen así obligadas. De hecho, el real decreto se denomina “de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones”.

“Esta norma debe integrarse necesariamente con el artículo 68.6 CE, que establece que las elecciones tendrán lugar entre los treinta y los sesenta días desde el fin del mandato”.

“Ambas normas han sido desarrolladas por el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, que prescribe básicamente tres cosas: que el real decreto de convocatoria debe publicarse en el BOE al día siguiente de su expedición, que el mismo entrará en vigor al día siguiente de este hecho y que las elecciones habrán de celebrarse el día quincuagésimo cuarto -no antes ni después- posterior a la convocatoria. Por otro lado, el propio real decreto de convocatoria contiene el número de Diputados correspondiente a cada circunscripción, la duración de la campaña electoral y la fecha de la sesión constitutiva de las Cámara”, reza el texto.

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