POLÍTICA

Abren un expediente sancionador a Pedro Sánchez

La Junta Electoral Central ha recriminado al presidente el uso de una rueda de prensa del Consejo Europeo en Bruselas para atacar a sus rivales políticos

Eduardo Parra Europa Press

En España, es un principio fundamental el de la neutralidad de las instituciones del estado. A pesar de que las personas que las ocupan casi siempre tienen un signo político marcado, está prohibido por la Ley Electoral y por la Constitución usar los órganos del Estado con fines electoralistas o ideológicos. Según la Junta Electoral Central, Pedro Sánchez habría incumplido recientemente este principio.

Las declaraciones de la discordia se dieron en Bruselas. En los días 29 y 30 de junio. El mandatario español participaba en una rueda de prensa oficial del Consejo Europeo. Aprovechando este foro, decidió advertir a los medios europeos del “peligro de involución” que supone para su país la perspectiva de tener un número creciente de ejecutivos compartidos entre “la derecha y la ultraderecha”, en clara alusión a sus principales rivales, PP y Vox.

Pero eso no fue todo. Además de atacar el proyecto conservador y su hipotética mayoría alternativa, también defendió la labor de su gobierno, y planteó una dicotomía entre un gabinete de ministros ultras o uno de servidores públicos “progresistas” en colaboración con Sumar y Yolanda Díaz. Esta intervención provocó la protesta del PP ante la Junta Electoral Central, que le ha dado la razón a medias a los de Feijóo y ha admitido que podría suponer una vulneración del mencionado principio de neutralidad institucional.

Principio de neutralidad

No es que el presidente, como personaje público, no pueda emitir estos juicios en ninguna circunstancia. Es más bien una cuestión de la circunstancia. Cuando el jefe del ejecutivo está representando al conjunto del país, por ejemplo, ante un órgano internacional o supranacional, no puede emitir juicios que puedan ser considerados como ataques directos contra sus rivales electorales. Esto es especialmente cierto en periodo de campaña, cuando se es más estricto con el cumplimiento de esta máxima.

Después de analizar cuidadosamente las palabras pronunciadas por el líder socialista, la Junta Electoral Central ha determinado que hay motivos suficientes para abrir un expediente sancionador. Un procedimiento que será el primer paso para establecer en firme que, efectivamente, ha habido un incumplimiento de un principio constitucional y de limpieza electoral.

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