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Permisos por la Ley de Familias: requisitos, beneficiarios, quiénes los pueden solicitar y qué pasa con el sueldo

La nueva ley permitirá ausentarse del puesto de trabajo cuatro días al año para acompañar a un familiar al médico y otros cinco para cuidar de convivientes.

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El Consejo de Ministros ha aprobado la Ley de Familias de forma definitiva este martes. Con más de un mes de retraso y habiendo provocado algún que otro enfrentamiento interno en el Gobierno, la ley se presenta con ciertos retoques y proporcionará a los españoles permisos de cinco días al año para cuidar a personas convivientes y otro de cuatro para acompañar a familiares al médico, entre otras ventajas. ¿Cómo funciona la nueva ley?

En primer lugar, los empleados podrán usar cinco días al año para cuidar de personas con las que convive o de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, es decir, abuelos, nietos o hermanos. Estos días de permiso estarán retribuidos. Antes solo se podían usar dos días al año y estaban limitados a muerte o enfermedad grave.

En segundo lugar, el trabajador podrá usar cuatro días para urgencias para atender a un hijo o acompañar a un familiar al médico en situaciones no graves, pero sí imprevistas. Este permiso, que también es remunerado, se podrá utilizar por horas hasta alcanzar los cuatro días.

Cien euros mensuales para madres

Además, la nueva Ley de Familias vendrá acompañada de una retribución de 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años, un importe que se abonará todos los meses desde el nacimiento del bebé hasta que cumpla los tres años. Esta ayuda ya existía, pero ahora se ampliará la población que puede solicitarla.

Antes solo podían acceder a ella las madres con trabajo, uno de los dos progenitores del mismo sexo y el padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre. Ahora podrán cobrarla las madres en paro o que tengan cotizados al menos 30 días, pero quedan excluidas las personas inactivas que no cotizan y las que reciben el Ingreso Mínimo Vital con complemento de infancia.

Por otro lado, se habilitará un permiso parental de ocho semanas durante los primeros ocho años de vida de un hijo. Es decir, el padre o madre puede distribuir esas ocho semanas a lo largo de los ocho años. Se mantienen las 16 semanas de permiso retribuido, pero ahora se podrán ampliar ocho más sin retribución.

Además, la nueva Ley de Familias equiparará los derechos de las familias monoparentales con dos hijos con los de las familias numerosas y las familias monoparentales no podrán obtener dos permisos de 16 semanas, como sí ocurre con las familias con dos progenitores. Por último, se garantiza el derecho de atención temprana a los menores que la necesiten.

Adiós al PIN parental

Una de las sorpresas de la ley es la eliminación del PIN parental. Los padres no podrán impedir a sus hijos el acceso a contenidos sobre diversidad familiar. Hasta ahora, el PIN parental permitía a los progenitores censurar la participación de sus hijos en determinadas charlas o talleres en horario escolar. La polémica se ha centrado en actividades relacionadas con la identidad de género o el feminismo.

Según Cadena Ser, la norma se regulará de la siguiente forma: “Los progenitores o adultos responsables no podrán limitar o impedir el acceso de niñas, niños y adolescentes a la información y su participación en actividades de sensibilización y difusión de la diversidad familiar que se desarrollen en el marco educativo, a fin de evitar una restricción de sus derechos a la educación y al libre desarrollo de su personalidad”.

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