PENSIONES

Pensión no contributiva de jubilación: requisitos, cuánto se cobra y cómo solicitar sin haber cotizado el mínimo

La pensión no contributiva de jubilación está pensada para aquellos mayores de 65 años que no hayan cotizado 15 años y que no cuenten con ingresos suficientes.

Eduardo Parra - Europa Press - ArchivoEUROPA PRESS

La pensión de jubilación es una prestación económica de carácter vitalicio que perciben todos los trabajadores una vez dejan sus funciones. El artículo 50 de la Constitución recoge este derecho: “Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad”.

Las pensiones de jubilación pueden ser de dos tipos. En las contributivas, la cantidad percibida por el jubilado la determina la cotización que este ha tenido durante los años que ha trabajado, siempre que se hayan cumplido un mínimo de 15 años cotizados.

Sin embargo, en nuestro país también existen las pensiones de jubilación no contributivas, que se encargan de cubrir las necesidades de las personas mayores de 65 años que no hayan cotizado nunca, o si lo han hecho, no lleguen a la cantidad mínima de años cotizados.

Cuantías de la pensión no contributiva de jubilación para 2022

La cuantía de las pensiones de invalidez y jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva es de 5.899,60€ anuales (421,40€ al mes), que se abonarán en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.

La cuantía individual actualizada para cada pensionista se establece, a partir del citado importe y en función del número de beneficiarios que vivan en el mismo domicilio, de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser la cuantía inferior a la mínima del 25% de la establecida (1.474,90€).

Requisitos para percibir la pensión no contributiva

Puede ser beneficiario de la pensión no contributiva todos los ciudadanos españoles y de otros países que tengan residencia legal en España, mayores de 65 años. Para percibirlo deben carecer de ingresos suficientes, que se actualizan cada año. Para 2022, si los ingresos son inferiores a 5.899,60€ anuales se podrá acceder a esta ayuda.

No obstante, si las rentas o ingresos personales son inferiores a 5.899,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen más adelante.

Según explica el Imserso, existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Convivientes€/Año
210.029,32€
314.159,04€
418.288,76€
......

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Convivientes€/Año
225.073,30€
335.397,60€
445.721,90€
......

La cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o los de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.474,90€ anuales, que se corresponde con el 25 por 100 del importe íntegro para el año 2022.

¿Dónde se solicita la PNC?

Según explica el propio Imserso, “la gestión y reconocimiento del derecho a percibir una PNC se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el Imserso”.

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