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El tope de aportación mensual que pagan los jubilados en los medicamentos

El nuevo sistema establece que la prestación farmacéutica se relacione con el nivel de renta y además de su calificación como activo o pensionista.

El Real Decreto Ley 16/2012 del 20 de abril de 2012 del Sistema Nacional de Salud establece que la aportación de los ciudadanos en la prestación farmacéutica ya no solo se relacione con su calificación como activo o pensionista, sino que también se proporcional a su nivel de renta, actualizado anualmente.

Para ello, la Agencia Tributaria facilita al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) los datos de nivel de renta de los usuarios procedentes de su declaración del IRPF del ejercicio anterior. Es decir, en los primeros meses de 2022, el porcentaje aportado se estableció por la última declaración de la renta y patrimonio, presentada en 2021.

¿Qué le corresponde pagar a un pensionista por los medicamentos?

La aportación farmacéutica que realiza cada usuario viene representada por un código alfanumérico que indica el tipo de usuario. Los pensionistas, en función de la retribución que reciban tienen un código diferente. De esta forma, dependiendo de la renta de cada jubilado, pagarán más o menos por los medicamentos a la hora de ir a buscarlos a la farmacia y siempre que estos entren dentro de la Seguridad Social.

Los pensionistas que no estén obligados a presentar la declaración de la renta y aquellos cuyas pensiones sean inferiores a los 5.600 están exentos. Por lo tanto, no tendrán que pagar nada a la hora de ir a la farmacia.

¿Y qué ocurre con los pensionistas que reciben una renta mayor? Estas personas tendrán un descuento en función de las aportaciones y sus límites máximos. De esta forma se fijaron tres escalones:

  • Para rentas anuales menores de 18.000 euros, se abonará el 10% del medicamento, con un copago máximo de 8,23 euros mensuales.
  • Si la renta está entre los 18.000 y los 100.000 euros, el copago también será de un 10%con un tope de 18,52 euros mensuales.
  • Para rentas mayores de 100.000 euros, el copago ascenderá al 60% del medicamento con un máximo de 61,75 euros.

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