El número de monedas que puedo ingresar en el banco sin pagar comisión
El reglamento 2169/2005 de la UE establece que los bancos no están obligados a aceptar más de 50 monedas excepto en actividades de caja pública y servicio de caja diaria.
Aún sigue siendo habitual la práctica de ingresar monedas en efectivo en los bancos. Sin embargo, no está permitido meter grandes cantidades en el banco debido a que la Unión Europea establece un número limitado de monedas para ingresar en las entidades bancarias. Hasta 50 monedas en efectivo están permitidas introducir en las sucursales bancarias para ingresarlos en las cuentas corrientes.
Según establece el Reglamento 2169/2005 de la Unión Europea en su artículo 11, “ninguna parte está obligada a aceptar más de 50 monedas en un único pago”, salvo la autoridad emisora y personas designadas específicamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor.
Dos excepciones
Dentro de esta norma, hay dos excepciones en las que el banco sí puede aceptar más de 50 monedas en un único pago. La primera es que la Administración delegue en la sucursal bancarias en actividades de caja. Esto quiere decir que existiría una cooperación entre Estado y banco en materia fiscal.
La segunda es una necesidad profesional, dirigido para aquellos comerciantes que necesiten monedas en efectivo con frecuencia para poder desempeñar su función laboral. En este caso estos profesionales demandarían un servicio de caja diario.
Explicación del Banco de España
Desde el Banco de España sitúan a la falta de recursos técnicos y humanos para el recuento de las monedas como la explicación a esta normativa. Además, tampoco es una práctica que les resulte rentable económicamente.
Sin embargo, el Banco de España puntualiza una solución para aquellos clientes que vayan a realizar estos ingresos mediante monedas con asiduidad, creando la conocida comisión de recuento. El cliente que no esté dentro de las excepciones mostradas por la UE pueden acordar la admisión de más de 50 monedas, con la salvedad de tener un recuento posterior, que en el caso de que el recuento de monedas por parte del banco no coincidiera con el conteo del banco, prevalecerá este último por delante del acuerdo.
Para que no suceda eso, los bancos ofrecen dos opciones: Blísteres en los que se pueden apilar todas las monedas y entregarlos como una sola unidad o brindar un servicio de entrega de efectivo a domicilio mediante transporte blindado, recuento, empaquetado y transformación de efectivo.