SUBSIDIOS

Subsidio a mayores de 45 años del SEPE: requisitos, cuánto se cobra en 2024 y cómo solicitar

La duración de este subsidio es de seis meses sin posibilidad de solicitar prórroga. La cuantía se sitúa en los 480 euros mensuales.

Eduardo ParraEuropa Press

El subsidio para mayores de 45 años es una ayuda económica que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede a desempleados que, tras agotar la prestación contributiva, continúan sin encontrar empleo. Para acceder a ella, es necesario demostrar una vulnerabilidad económica y carecer de responsabilidades familiares.

Los desempleados que reúnan esas condiciones, pero cuenten con cargas familiares, no podrán acceder a este subsidio. Ahora bien, deberán acudir a la ayuda familiar, que aunque tenga el mismo importe, su duración es mayor (puede llegar hasta los 30 meses de duración).

Requisitos

Para acceder a este subsidio, el SEPE exige a los trabajadores que reúnan una serie de condiciones. Estos son:

  • Ser mayor de 45 años y no contar con cargas familiares.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y estar al corriente de sellar el paro en las oficinas de empleo.
  • Agotar la prestación contributiva por desempleo (el paro).
  • Firmar el compromiso de actividad y realizar la BAE (Búsqueda Activa para el empleo).
  • No tener rentas superiores al 75% de Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Todas las personas que acaben de cobrar la prestación contributiva deben esperar un mes para iniciar los trámites de solicitud. Durante este periodo de tiempo, conocido como ‘el mes de espera’, se deberá acudir a todas las ofertas de empleo, entrevistas de trabajo y acciones formativas que demande el SEPE.

Duración y cuantía

La cuantía del subsidio para mayores de 45 años es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esta cuantía se sitúa en los 480 euros mensuales (cuantías para este año). La duración de este subsidio es de seis meses sin posibilidad de solicitar prórroga.

En caso de que la persona que solicita el subsidio sea un trabajador fijo discontinuo, la duración del subsidio se verá reducida al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

Con todo ello, cabe destacar que el SEPE realiza el pago del subsidio por desempleo cada mes, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma.

Procedimiento

La solicitud debe realizarse en el SEPE. Para ello, ofrece distintos canales para presentarla: por internet, a través de la Sede Electrónica (con certificado digital) o mediante el formulario de pre-solicitud de prestaciones (sin certificado digital). También, se puede pedir en las oficinas de empleo, pero solicitando previamente cita previa al SEPE.

Para solicitarlo, hay que hacerlo dentro de los 15 días hábiles después de cumplir con el mes de espera marcado por el SEPE. Es decir, un mes tras haber agotado la prestación contributiva por desempleo, un dato que muchas personas desconocen.

Pasos a seguir

A la hora de presentar la solicitud, la persona en cuestión deberá adjuntar los siguientes documentos:

  • Descargar y rellenar el modelo solicitud de subsidio por desempleo.
  • Documento de identidad: Documento Nacional de Identidad (DNI), Permiso de residencia (NIE) o Tarjeta de residencia (TIE) junto con pasaporte.
  • Certificado expedido por la entidad bancaria donde figure el solicitante como titular del subsidio. Es donde ingresarán la prestación.
  • No es obligatorio, pero él puede ser que el SEPE solicite presentar el justificante de rentas para acreditar no sobrepasar los ingresos en 723,75 euros al mes.

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