CAMPAÑA RENTA 2023-2024

¿Qué son los gastos deducibles de la Renta 23-24? Las deducciones que puedes hacer en la declaración

Estos gastos son los que, siendo necesarios para la actividad, se pueden restar de los ingresos brutos para obtener un ahorro a efectos impositivos.

La campaña de la Declaración de la Renta 2024 comienza el 3 de abril de 2024. Este documento, que puede cambiar cosas en la vida de los ciudadanos, vuelve, y tiene muchos elementos que se deben tener en cuenta. Por ejemplo, el último día para presentar este trámite es el 1 de julio de 2024.

Es fundamental que los contribuyentes tengan presente esta fecha límite para evitar incurrir en posibles sanciones por presentación fuera de plazo. Y es que, cabe destacar, que todos aquellos que tengan una actividad profesional y sus ingresos lleguen o superen los 22.000 euros, están obligados a declarar lo que han ganado ante la Agencia Tributaria.

Para ello, el trabajador debe preparar la presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En este apartado, el declarante debe conocer los llamados gastos deducibles, es decir, aquellos gastos que se han producido durante el año fiscal y que se pueden introducir en la declaración con el fin de restar del ingreso bruto para acabar así pagando algo menos a Hacienda.

Las deducciones en la Declaración de la Renta 2024

Vivienda: adquisición o hipoteca

Todos los declarantes se pueden desgravar su inversión en su hogar, siempre que sea su residencia habitual.

También se puede desgravar por el alquiler. En el caso de los caseros, la cantidad a deducir puede llegar a alcanzar el 60% del rendimiento que esté relacionado con el usufructo temporal de la vivienda a uno o varios inquilinos. En el supuesto de estos últimos, hay que destacar que su situación dependerá de la Comunidad Autónoma en la que se encuentren.

Planes de pensiones

El trabajador puede desgravarse un máximo de 1.500 euros, en el caso de los planes de pensiones privados. Hasta el 2022, la cantidad tope que se podía deducir de cara a la Declaración de la Renta era de 2.000 euros. Asimismo, tal y como indica Andalucía Orienta, el porcentaje no debe superar el 30% de las ganancias netas de las actividades y trabajos profesionales.

Donaciones a ONG

Las aportaciones a ONG u organizaciones que protejan y difundan el patrimonio se pueden presentar para desgravar un 80% de los primeros 150 euros y un 35% sobre lo que exceda de dicha cantidad. Además, se debe tener en cuenta que se podrá deducir en un 40% si se ha realizado esta actividad en los dos últimos ejercicios, teniendo una cantidad igual o superior.

Afiliación a partidos políticos

Asimismo, si se han realizado pagos de cuotas a partidos políticos, se pueden incluir hasta un máximo de 600 euros anuales. También se pueden incluir las cuotas de sindicatos o colegios profesionales.

Maternidad

Si se trata de mujeres con hijos menores de tres años que estén dadas de alta en la Seguridad Social (o mutualidad), su límite máximo es de 1.200€ por descendiente, pudiéndose solicitar un abono anticipado de la misma.

La diferencia con años anteriores es que se ha ampliado el cupo de mujeres que pueden optar a esta deducción. En 2024, podrán solicitarla todas aquellas que han recibido durante el ejercicio fiscal una prestación contributiva y el conocido como subsidio de desempleo o ‘paro’.

Hijos

Se aplica a los descendientes en orden de edad y en función de los siguientes requisitos: ser menor de 25 años (salvo que se acredite una minusvalía del 33% o superior), convivir con el contribuyente, no haber obtenido rentas que superen los 8.000 euros anuales y no presentar la declaración de la renta de forma individual y con rentas por encima de los 1.800 euros.

Si se cumplen todos ellos, las cantidades de deducir serán de 2.400 euros anuales por el primer descendiente, 2.700 euros anuales por el segundo descendiente, 4.000 euros anuales por el tercer descendiente y 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes descendientes.

Se puede obtener una deducción por familia numerosa siempre que se cumplan determinados requisitos para ser beneficiario. El máximo es de 1.200 euros por cada ascendiente (o huérfano de padre y madre que haya sido adoptado), subiendo esta cantidad a 2.400 si se trata de una familia numerosa de categoría especial (5 o más hijos).

Inversión de empresas de nueva o reciente creación

La adquisición de acciones en empresas nuevas puede desgravarse en un 30% de la cuota líquida estatal, no pudiendo superar la base de la deducción los 60.000 euros anuales, siempre que estén suscritas a partir del 29 de septiembre de 2013 y que se cumplan una serie de características.

Deducciones autonómicas

Por si esto fuera poco, cada autonomía tiene libertad para fijar otras deducciones fiscales. Estos se dividen en función de las circunstancias personales y familiares, la vivienda habitual, la realización de donativos o donaciones u otros gastos como los realizados en educación (o en libros de texto) o en el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.

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