Economía

Perdonan 1,3 millones de euros a un matrimonio de Salamanca: así es la Ley de Segunda Oportunidad

Esta ley permite eximir de una elevada deuda cuando se demuestra que no se posee suficiente patrimonio para poder hacerle frente.

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Un matrimonio de Salamanca no tendrá que pagar una deuda de 1,3 millones de euros, después de que su propio negocio quebrase después de 30 años. Esta deuda fue perdonada gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, según la cual particulares y autónomos pueden dejar atrás una situación de endeudamiento.

La crisis de 2008 provocó el fin de muchos negocios, al atravesar gran cantidad de deudas que no pudieron pagarse, como es el caso de estos dos empresarios, a pesar de haber podido sacar dos negocios adelante de forma solvente. Pero fue gracias a la ayuda de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento lograron encontrar una salida a su situación económica.

La empresa quebró y entró en concurso de acreedores

Tal y como avanza elEconomista.es, uno de sus abogados, Pepe Domínguez, afirma que se trataba de un negocio que montaron ellos mismos y “ha estado llevándose la mayor parte de su tiempo durante treinta años”. Cuando la empresa quebró, se tramitó a un concurso de acreedores exprés, lo que consiste en pedir al Juzgado que disuelva dicha empresa, ya que ya no tiene patrimonio.

Este endeudamiento surge a partir de la solicitud de numerosos préstamos y créditos para la empresa, pero que avalaban con su propio patrimonio. Aunque trataron de solventar algunas deudas, esto no fue suficiente, pues la deuda era excesivamente elevada. La justificación por la que se perdonaría esta deuda es básicamente la inexistencia de patrimonio para poder hacer frente la cantidad pendiente.

Las condiciones de la Ley de Segunda Oportunidad

“Han perdido el negocio de su vida y sus ingresos son muy reducidos, merece una segunda oportunidad”, estas han sido las palabras emitidas por sus abogados para buscar el perdón, el cual fue concedido por el Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Salamanca.

En cuanto a las condiciones o requisitos que se deben cumplir para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad están: declarar el estado de insolvencia actual o inminente; no ser declarado culpable en el concurso; la obligación total de las deudas no puede superar los 5 millones de euros; no haberse acogido a esta Ley en los 10 años previos; no haber sido condenado por delitos económicos o falsedad documental en los 10 años anteriores, así como la buena fe del deudor.

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