ECONOMÍA

¿Me sube el alquiler del piso con el IPC con la nueva Ley del Alquiler?

La nueva Ley de Vivienda tiene contemplados límites para impedir aumentos fuera de mercado de los precios de los alquileres.

Carlos Luján Europa Press

La aprobación de la nueva Ley de la Vivienda ha sido uno de los puntos clave de la agenda gubernamental en las últimas semanas. Con el consenso realizado, el Gobierno ha podido llevar adelante una de las medidas más esperadas. Especialmente, por parte de todos los ciudadanos que residen en un régimen de alquiler. Entre las novedades de este decreto-ley, destacan los topes realizados a las rentas con las diferentes subidas del IPC.

El mercado del arrendamiento es uno de los puntos calientes en España. Este es un tema muy delicado, y en el que existen diferentes matices y detalles a tener en cuenta. El momento de la actualización o las subidas de los precios son algunos de los puntos que hay que repasar acerca de la nueva ley, que limita aumentos significativos.

Subidas del 3% en 2024 y se hará un nuevo índice a partir de 2025

En primer lugar, se debe tener en cuenta que el Gobierno, ante el aumento significativo de la inflación, tomó una drástica decisión: firmar un Real Decreto para impedir que todos aquellos contratos de alquiler vigentes pudieran verse actualizados con el IPC durante el pasado año, tal y como informa 20 Minutos. De hecho, habrá una serie de límites para evitar que se produzca esta circunstancia, de lo más dañina para los inquilinos.

Tal y como aportaron ERC y Bildu, dos de los socios de investidura del Ejecutivo de Sánchez, el límite se situará en 2024 en torno al 3%, mientras que, a partir del año 2025, se usará un índice totalmente nuevo. Asimismo, las revisiones que se hacen cada año no estarán vinculadas al IPC.

Un 2% de subida en los alquileres en 2023

Por otro lado, hay que hablar de los porcentajes que se están usando durante este 2023. De acuerdo con la información aportada por La Razón, el Gobierno, a través del Consejo de Ministros, tomó la decisión de dar un tiempo extra al límite del 2% en cuanto al aumento de los precios de los alquileres. Esto significa que los propietarios no pueden revalorizar el precio de lo que se cobra de forma mensual más allá de la cantidad anteriormente mencionada.

Eso sí, cabe mencionar que hay algunos supuestos en los que este límite puede ser superado. En el caso de que el propietario no tenga una gran cantidad de inmuebles, el aumento puede ser superior al 2%, siempre y cuando las dos partes lleguen a un acuerdo a este respecto. Por otra parte, se debe resaltar que cuando el casero cuente con más de 10 propiedades de uso residencial, esta subida puede ser pactada, siempre y cuando no supere el límite que ha sido marcado por el Gobierno.

Los contratos de alquiler, sujetos a ciertas condiciones

Asimismo, todos aquellos contratos que tengan una fecha de finalización entre el 28 de diciembre del pasado año y el 30 de junio de 2023 pueden ser prolongados, si el inquilino lo solicita, otros seis meses más, manteniendo todas las condiciones, entre los que se incluye el precio del arrendamiento, tal y como apunta La Razón.

Eso sí, al igual que en el supuesto anterior, esta situación cuenta con algunos matices que se deben tener en cuenta. En este supuesto, la prórroga no se podría llevar a cabo si el propietario del inmueble alega que necesita el domicilio para un uso permanente, tanto para él o para sus familiares de primer grado, o para su cónyuge, en la situación de que se hubiera producido un divorcio o separación. Por supuesto, esta circunstancia tendría que estar reflejada dentro del contrato.

El momento de actualización, otro punto a tener en cuenta

Asimismo, cabe mencionar que el momento en el que se actualizan las rentas de un arrendamiento es otra fase clave de este proceso. Tal y como apunta Fotocasa, debe realizarse en cada ocasión en la que el documento haya cumplido un año desde su firma, y el valor aplicado debe ser el establecido dos meses antes. En el caso de que sea positivo, habrá una subida, mientras que, en caso contrario, bajará.

El IPC no se puede aplicar si se actualiza el alquiler

Una de las preguntas más relevantes sobre la nueva ley que regula los alquileres tiene que ver, precisamente, con la actualización de la renta y si hay que llevarla a cabo si aumenta el IPC. El Gobierno, a través de su página oficial, tiene contemplada esta cuestión y le ha dado respuesta: no.

“No. El arrendador de una vivienda, cuando llegue el momento de la actualización anual de rentas, no podrá aplicar el IPC, aunque esté estipulado en el contrato, sino el IGC (Índice de Garantía de Competitividad)”, expresa el Ejecutivo en su plataforma.

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