¿Me puede obligar Hacienda a presentar la declaración de la Renta en 2024 por internet?
El Gobierno aprovechó el decreto anticrisis para introducir la medida. Se aplicará siempre que la AEAT brinde asistencia personalizada a los contribuyentes que la necesiten.
La declaración de la Renta siempre se podía presentar ante la Agencia Tributaria por tres vías: por Internet, a través de cualquiera de sus vías (Renta Web, app móvil, DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve o número de referencia); por teléfono y el último mes, presencial en las oficinas de la AEAT.
Sin embargo, la situación podría cambiar después de que el Gobierno introdujera en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, de medidas anticrisis para paliar las consecuencias derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, incluyera de forma expresa la posibilidad de que pueda presentarse solamente por medios electrónicos. Así se recoge en la disposición final segunda del mencionado decreto, que recoge también una única condición.
“Se recoge legalmente que se podrá establecer la obligación de declaración a través de medios electrónicos, siempre que la Administración tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para la cumplimentación de la declaración por tales medios. Se trata de una norma que afecta al modo de cumplimiento de una obligación tributaria de carácter formal, cuál es la obligación de declaración del IRPF a través de medios electrónicos”.
Sentencia del Supremo en 2023 que tumbó la medida
Según recoge el decreto, “se hace necesario y urgente que exista esta habilitación legal expresa antes de que comience la próxima Campaña de Renta y se apruebe la orden reguladora del modelo de declaración del IRPF correspondiente al año 2023″. Dicha afirmación llega después de que el Tribunal Supremo, con su sentencia 953/2023, de 11 de julio, tumbase la obligación de tributar online tras el recurso de casación presentado por la Asociación Española de Asesores fiscales.
El alto tribunal estimó que presentar el IRPF por vía online era un derecho, y no una obligación. Por ello, el real decreto incluyó la ayuda para presentar la declaración de la Renta las personas que lo necesiten en esa disposición final. A su vez, el TS instó al Ejecutivo a incluir la obligación por ley. Asimismo, la sentencia aludió al artículo 96.2 de la Ley General Tributaria, donde también se reconoce esa condición.
Voluntad de aplicar la obligación a partir de este año
La intención de Hacienda pasa por aplicar dicha obligación a partir de este año, es decir, desde esta campaña de la Renta 23-24. Una vez finalizada, llevará a cabo una valoración de las medidas de asistencia que serán proporcionadas a los contribuyentes. Dicha evaluación se ejecutará mediante informes y encuestas de diferentes entidades y asociaciones, para pulir aspectos de cara a futuras campañas.
Será el próximo 3 de abril cuando se abra el plazo para presentar la Declaración por Internet, y finalizará el lunes 1 de julio. Dicho día, los contribuyentes podrán presentar su IRPF a través de cualquiera de las vías mencionadas anteriormente.
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