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Los errores técnicos más frecuentes al presentar la declaración de la Renta 2023-24

La Agencia Tributaria ha elaborado un listado con algunos de los problemas más comunes que han tenido los contribuyentes a la hora de presentar su declaración vía online.

Carlos Rosillo

Este miércoles 3 de abril comienza la campaña de declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2023. Esta la deberán realizar de manera anual aquellos contribuyentes cuyos ingresos superen los 22.000 euros y tienen de plazo hasta el próximo 1 de julio. Para su ejecución, la Agencia Tributaria ofrece tres posibilidades: realizarla de manera presencial en cualquiera de sus oficinas, vía telefónica o a través de Internet.

En este último caso, los contribuyentes no cuentan con la ayuda de alguno de los funcionarios de la Administración destinados a la realización de este trámite. Por lo que es más probable que tengan algún tipo de error técnico a la hora de acceder, consultar o realizar cualquier operación en la página de Renta WEB. En este sentido, la Agencia Tributaria ha compartido cuáles son los más comunes y cómo ponerles remedio. Son los siguientes.

Casilla 505 errónea

La casilla 505 es en la que se registra el dato de la última declaración. Si aparece el siguiente mensaje: “Importe casilla no coincide con el que tenemos en nuestra base de datos”, Hacienda recomienda revisar la información de la ayuda “Información sobre la casilla de la declaración de Renta del ejercicio anterior”.

Otro tipo de error que puede dar esta casilla es el que está relacionado con su formato. Por eso, conviene saber que, a la hora de introducir cualquier cifra en ella, se debe hacer escribiendo el número entero sin ningún signo. Y, en caso de tratarse de una cifra decimal, se ha de separar mediante una coma (,).

Mensaje de “Referencia errónea”

Otro de los errores más comunes pasa por introducir la referencia de manera incorrecta. Si eso pasa, aparecerá un mensaje en la pantalla indicándolo. En este sentido, la Agencia Tributaria recuerda que este código se compone únicamente de seis caracteres alfanuméricos. Es decir, de letras y números. Si el error persiste, se puede solicitar una nueva referencia en desde el botón “No tengo Referencia”. Para ello, sólo se precisa el importe de la casilla 505, el certificado/DNI electrónico o la Cl@ve PIN.

Mensaje de “La cuenta bancaria no consta en nuestra base de datos”

Como ya hemos mencionado anteriormente, hay quien no está obligado a realizar la declaración de la renta. Por ello, puede ser, que sea durante esta campaña cuando tramite la primera. Si ese es su caso —o si el importe de la casilla 505 de Renta 2021 es cero (0,00)— la Agencia Tributaria podrá identificarte a través de los 5 últimos dígitos del código IBAN de una cuenta bancaria de la que la entidad bancaria correspondiente informará a Hacienda del titular detrás de la misma.

Si la entidad en cuestión no informa de esta cuenta, será imposible dar con el número de referencia. Al menos, vía Internet. En este caso, el contribuyente deberá consultar esta casuística con su banco o registrarse en el sistema Cl@ve o proceder a ejecutar el trámite con el certificado electrónico.

No tienes opción de “Modificar declaración presentada”

Una vez finiquitada la declaración, puede ocurrir que el contribuyente se dé cuenta de que ha cometido algún error o que quiere hacer algún tipo de modificación por el motivo que sea. Por norma general, esto se puede realizar sin ningún tipo de problemas. Pero, a veces, cuando se hace de manera conjunta puede ser que, al ir a efectuar el cambio, no aparezca el botón de “Modificar declaración presentada”.

Este únicamente aparece cuando el que accede a hacer el cambio es el primer declarante en nombre propio y si lo hace el Colaborador Social en representación del mismo. Por el contrario, si lo hace el cónyuge, únicamente tendrá la opción de hacer una “Nueva declaración”. Si eso pasa, la solución es sencilla. Se puede presentar una nueva declaración con las modificaciones que sean, pero indicando que se está presentando una “Declaración complementaria” o una “Solicitud de rectificación de autoliquidación”.

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