El plan del Gobierno para adelantar las jubilaciones a profesiones de riesgo
El borrador, al que tuvo acceso El País, revela que uno de los objetivos del Ministerio de Seguridad Social pasa por establecer coeficientes reductores para anticipar la jubilación.
Hay ciertos trabajos cuya labor diaria requiere tomar algunos riesgos, que se compensan de forma económica al trabajador, siempre y cuando estén recogidos en los convenios colectivos correspondientes. Así, las empresas pagan los pluses de peligrosidad, penosidad y toxicidad a sus empleados.
Dentro de esa categoría, la Ley de Seguridad Social incluye hasta ocho colectivos. Entre ellos, se encuentran determinados Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, como es el caso de los policías locales y la Ertzaintza, los trabajadores incluidos en el Estatuto minero, bomberos, artistas, profesionales taurinos, trabajadores ferroviarios y el personal de vuelo de trabajadores aéreos.
La intención del Gobierno pasa por anticipar su jubilación sin que pueda verse penalizada su pensión, especialmente en aquellos que desempeñan su labor en aquellas profesiones de mayor riesgo. El Ministerio de Seguridad Social, a través de un borrador al que tuvo acceso El País, pretende regular un procedimiento general mediante el que se establezcan los coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación de estos empleados.
Tres índices pendientes de concretarse con los sindicatos
Además, el departamento liderado por Elma Saiz incluiría en ese texto tres índices para incluir a cualquier otra actividad en esta categoría especial. Según el mencionado diario, el primero, pasaría por dividir el gasto total en bajas de un determinado grupo de edad y género concreto, en un periodo determinado, sobre la suma de las bases de cotización devengadas en ese tiempo.
En cuanto al segundo, se dividiría el número de bajas del mismo grupo de observación entre el conjunto de trabajadores expuestos al riesgo. Por su parte, el tercer y último criterio estaría basado en la división del número de fallecidos registrado por el total de trabajadores de la actividad, y multiplicar por mil el resultado. De hecho, no es la única novedad de ese borrador que el Gobierno aún negocia con los agentes sociales.
A su vez, el borrador contempla una cotización adicional a la Seguridad Social que correría a cargo de empresas y trabajadores, con el fin de que estas jubilaciones anticipadas no provoquen desequilibrios en el sistema de pensiones. Dichos coeficientes se revisarían cada diez años, y la cotización adicional siempre quedará reflejada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado cada año, según recoge El País.
Legislación vigente
Por el momento, el texto que se encuentra en vigor en lo que respecta a los coeficientes reguladores, es el Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre. El texto determina que el establecimiento de coeficientes reductores se aplica, actualmente, a las actividades laborales en las escalas, categorías o especialidades cuyo ejercicio “implique el sometimiento a un excepcional índice de penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad y en las que se hayan comprobado unos elevados índices de morbilidad o mortalidad”.
También en aquellas actividades laborales en las escalas, categorías o especialidades cuya realización, en función de los requerimientos físicos o psíquicos exigidos para su desempeño, “resulten de excepcional penosidad y experimenten un incremento notable del índice de siniestralidad a partir de una determinada edad”. Desde el pasado verano el Ministerio, aún presidido por José Luis Escrivá, inició los trámites para “para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social a los agentes de la Policía Nacional.