ECONOMÍA

El cambio con la facturación de las empresas y autónomos a partir del 1 de enero de 2025

La utilización de herramientas como Excel, Word o PDF deja de estar permitido, en su lugar se ha de emitir facturas de forma electrónica.

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La utilización de herramientas como Excel o Word para la elaboración de facturas de pymes y autónomos podría llegar pronto a su fin. La Ley 18/2022 de 28 de septiembre (Ley Crea y Crece) establece que solo se permitirá el uso de sistemas de facturación electrónica homologados.

La Ley Crea y Crece, vigente desde hace dos años, se enmarca dentro del plan de digitalización empresarial, alineado con el plan europeo conocido como VAT in the Digital Agesit (ViDA). El objetivo principal es evitar la morosidad en el sector público, así como las operaciones comerciales entre empresas.

La factura electrónica obligatoria para grandes empresas

Desde julio del presente año, es obligatorio presentar las facturas electrónicamente para empresas que facturen más de ocho millones de euros al año. En el caso de las pymes y empresas que facturen menos de ocho millones, la obligatoriedad de la factura de forma electrónica será a partir del próximo año.

El Gobierno está preparando una guía para que los afectados puedan adaptarse a esta nueva normativa, pues se requiere de un programa homologado o puede hacerse a través de una plataforma de facturación pública. Las facturas en Excel, Word, PDF o papel no estarán permitidas, si bien se excluyen las facturas entregadas a particulares, por el momento.

Multas desde 150 euros al 75% del importe de la factura

Con el fin de evitar la falsificación de las facturas, se aceptarán formatos como XML CII (CEFACT de la ONU), UBL (Universal Business Language), EDIFACT (norma ISO 9735) o Facturae, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ya que su modificación es más compleja y permite rastrear las facturas. Aunque este sistema lleva dos años en vigor, todavía existe cierta incertidumbre al no haber una regulación técnica firme al respecto.

A pesar de la inexistencia de esta normativa, ya existe una serie de sanciones para quien no cumpla esto. Las multas van de 150 euros por cada documento no emitido correctamente al cobro de un 75% del importe de la factura, si se comprueba que los datos son falsos. Las empresas que no se adapten podrán afrontar multas de hasta 10.000 euros.

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